Garrigues Digital_

Innovación legal en la economía 4.0

 

Garrigues

ELIGE TU PAÍS / ESCOLHA O SEU PAÍS / CHOOSE YOUR COUNTRY / WYBIERZ SWÓJ KRAJ / 选择您的国家

Una nueva ley portuguesa exige un tamaño mayor en las condiciones generales de Internet

Ana Ferreira Neves, asociada principal del Departamento de Propiedad Industrial e Intelectual de Garrigues en Portugal.

La Ley 32/2021, de 27 de mayo, establece la obligación de redactar las condiciones generales en un tamaño de letra no inferior a 11, o 2,5 milímetros, y con un interlineado no inferior a 1,15. Quedan prohibidas y carecerán de validez las cláusulas redactadas en un tamaño distinto al exigido.

Los consumidores aceptan condiciones generales varias veces al día cuando utilizan sitios web, compran a través de Internet o realizan operaciones con bancos o compañías de seguros. Pero lo cierto es que la mayoría de esas cláusulas no son efectivamente reconocidas por ellos, debido a su extensión, complejidad y a la suposición de que no hay margen de negociación. Teniendo en cuenta el desequilibrio existente entre profesionales y consumidores cuando los contratos se rigen por condiciones generales, el régimen portugués de condiciones generales de contratación previsto en el Decreto-Ley 446/85, de 25 de octubre, establece un listado de cláusulas prohibidas que serán declaradas nulas en caso de ser introducidas en las condiciones generales. El régimen de condiciones generales de contratación resulta de aplicación a las condiciones generales que no admiten negociación individual y a aquellas a las que el consumidor se limita a adherirse en caso de estar interesado en contratar un determinado servicio, o comprar un determinado producto.

El hecho es que la mayoría de dichas condiciones, que incluyen cuestiones de protección de datos, propiedad intelectual, plazos de garantía, etc., están escritas en caracteres muy pequeños, lo que dificulta su lectura por el consumidor y, por tanto, propicia su aceptación sin tener un conocimiento efectivo de su contenido. En vista de ello, y para abordar dicha inquietud, fue aprobada la Ley 32/2021, de 27 de mayo, que, con la intención de aumentar la transparencia de las condiciones generales y potenciar los efectos de la prohibición de uso de determinadas cláusulas estándar, prevé la obligación de redactar las condiciones generales en un tamaño no inferior a 11, o 2,5 milímetros, y con un interlineado no inferior a 1,15.

Dicha obligación se incluirá como un párrafo adicional del artículo 21 del régimen de condiciones generales de contratación, que establece un listado de cláusulas prohibidas. Esto tendrá como efecto práctico relevante que quedan prohibidas las cláusulas no redactadas en el tamaño exigido, que serán declaradas nulas.

El Gobierno portugués dispone de 60 días para reglamentar esta ley, que entrará en vigor el 25 de agosto de 2021. Las empresas, por consiguiente, tendrán que introducir los ajustes pertinentes en sus condiciones, si no desean que sean declaradas nulas.

Conocimiento real de las condiciones

Lo cierto es que las principales inquietudes que suscitan las condiciones generales de contratación se refieren no tanto al tamaño de letra en que son presentadas a los consumidores, sino al conocimiento real de dichas condiciones y a la existencia de obligaciones efectivas de información por parte de las empresas al solicitar su aceptación al consumidor. No obstante, la promulgación de esta ley supone una importante iniciativa en la senda hacia la transparencia y el conocimiento efectivo de las condiciones generales de contratación.

La ley prevé también la implantación de un sistema de supervisión del uso de cláusulas abusivas y la creación de un sistema administrativo que controle e impida el uso de cláusulas de dicha naturaleza, especialmente cuando hayan sido declaradas prohibidas en virtud de resolución judicial.

Este control administrativo supone un destacado avance en la prevención del uso de cláusulas abusivas en las condiciones generales.