Sergio Santana es asociado principal de la práctica de Derecho Laboral, donde desarrolla su carrera profesional desde el año 2010.
Cuenta con una dilatada experiencia asesorando a empresas de diversos sectores en todas las áreas del Derecho Laboral y de Seguridad Social, y, más concretamente, en materias tales como despidos individuales y colectivos, modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, desplazamiento internacional de trabajadores, alta dirección, negociación colectiva, aspectos laborales de fusiones y adquisiciones de empresas, reestructuraciones empresariales, prevención de riesgos laborales, Seguridad Social, políticas de Recursos Humanos, etc; asumiendo la defensa y asistencia letrada en procedimientos ante la jurisdicción social y contencioso-administrativa.
Asimismo, ha asesorado de manera recurrente a entidades y clubes profesionales en materia de derecho laboral deportivo, así como a instituciones comunitarias en diversos aspectos de derecho laboral.
Sergio es miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Alicante, así como de la International Bar Association (IBA).
Finalista del Premio “Jóvenes Laboralistas” de FORELAB (Foro Español de Laboralistas).
Formación académica:
Licenciado en Derecho por la Universidad de Alicante (2006 – 2010).
Máster Executive en Derecho Empresarial por el Centro de Estudios Garrigues en colaboración con la Harvard Law School (2010 – 2012).
Máster en Asesoría Jurídico-Laboral (programa de Doctorado) por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (2014 – 2015).
Publicaciones:
“Comentario a las sentencias 2050/2012 y 2501/2012 de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana: ERE Concursal Hércules Club de Fútbol, S.A.D.” Co-autor. (Revista Aranzadi de Derecho de Deporte y Entretenimiento).
“A vueltas sobre el impacto en las relaciones laborales de la última doctrina constitucional acerca del derecho a la protección de datos ex art. 18.4 CE” (Revista Española de Derecho del Trabajo –Aranzadi-).
“Sobre la obligación de consignación para el acceso al recurso en supuestos de empresas concursadas” (FORELAB).