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Salvamento en el mar y refugiados

 | El Vigía
Markus Gómez Dabic (asociado senior del dpto. Litigación y Arbitraje Madrid)

Europa se enfrenta actualmente a su mayor crisis de refugiados desde la Segunda Guerra Mundial. Dentro de las vías de acceso a Europa, son frecuentes las escenas de refugiados que cruzan el Mar Mediterráneo, a bordo de embarcaciones precarias, que son rescatadas en situaciones de peligro.

Aunque este fenómeno no es nuevo, el aumento registrado recientemente ha transformado el rescate de refugiados y migrantes en uno de los denominados “hot topics” en la agenda de las diversas organizaciones marítimas. Sin perder de vista la tragedia humana detrás de este fenómeno, a continuación se apuntan determinadas implicaciones legales, operativas y contractuales que este tipo de salvamento en el mar tiene para la industria del transporte marítimo, y especialmente para los navieros.

Obligaciones generales de rescate en el mar

Como punto de partida, debe señalarse la obligación, impuesta por el Derecho internacional, de todo capitán de un buque de prestar auxilio en el mar, que tiene su reflejo más evidente, además de en otros instrumentos, en el artículo 98 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982. Este artículo señala que todo Estado exigirá al capitán de un buque que enarbole su pabellón que, siempre que pueda hacerlo sin grave peligro para el buque, su tripulación o sus pasajeros, preste auxilio a toda persona que se encuentre en peligro de desaparecer en el mar, y se dirija a toda la velocidad posible a prestar auxilio a las personas que estén en peligro, en cuanto sepa que necesitan socorro y siempre que tenga una posibilidad razonable de hacerlo. El incumplimiento de dicho deber de prestar auxilio, tanto si el aviso se recibe de una embarcación o de un Centro Coordinador de Salvamento, puede acarrear sanciones penales. Una vez asistida a la embarcación en peligro, el capitán del buque que presta el auxilio deberá proporcionar determinada información al Centro Coordinador de Salvamento y coordinar con las autoridades marítimas las tareas de salvamento, traslado y desembarque de los refugiados. El capitán no tiene la obligación de determinar la condición jurídica de las personas rescatadas, ni su posible condición de refugiados o solicitantes de asilo, pero sí deberá recabar cierta información mínima (nombres, edades, sexo y nacionalidades de los rescatados) y deberá tratar a los rescatados con humanidad, atendiendo a las limitaciones del buque. Además, sujetos al derecho internacional de los refugiados, los métodos para el desembarco de las personas rescatadas no deberán implicar su devolución a un lugar donde éstas puedan estar en riesgo de persecución o maltrato.

Factores operativos y de riesgo de un rescate

Sentadas las anteriores obligaciones generales, la realidad demuestra que toda operación de salvamento es única y que existen diversos factores que afectarán al desarrollo de un rescate. Así, se recomienda a los navieros de buques que realicen trayectos regulares en zonas proclives a rescates (por ejemplo, el Mar Mediterráneo) a implantar procedimientos de formación y seguridad específicos que garanticen la seguridad de la tripulación y del buque en este tipo de operaciones. Asimismo, es recomendable llevar a bordo material básico de seguridad, chalecos salvavidas, elementos de higiene, comida y agua en cantidades superiores a las establecidas estatutariamente como mínimos para el tipo de buque en cuestión. Por otro lado, debe tenerse en cuenta que la obligación de prestar auxilio está supeditada a que dicho auxilio se realice sin grave peligro para el buque, su tripulación o sus pasajeros. Dentro de los riesgos adicionales relacionados con el rescate de refugiados a bordo de embarcaciones muy precarias, cabe destacar el riesgo de abordaje con embarcaciones mal gobernadas o sin gobierno, el riesgo de daños a la tripulación o al buque rescatador, especialmente en el caso de rescates a gran escala, o el riesgo de transportar polizones a bordo, una vez producido el desembarco de los refugiados en un puerto. Además, la operación de rescate también puede poner de manifiesto problemas de navegabilidad, documentación o equipos del propio buque que presta el auxilio.

Implicaciones contractuales en la explotación del buque

En relación a los efectos que un rescate puede tener sobre el buque que presta el auxilio, es evidente que atender una llamada de auxilio supondrá, como poco, un desvío de la ruta prevista y un retraso en el itinerario establecido. Estos desvíos se conocen en el sector marítimo mundial como “deviations” y la distribución de sus costes entre armador y fletador dependerá de los términos contractuales (liberty to deviate clauses) establecidos en los contratos de explotación del buque. Así, mientras en los fletamentos por viaje las demoras y costes asociados al rescate suelen correr por cuenta del armador, en los fletamentos por tiempo existe una gran variedad de modelos de contrato, desde los que distribuyen los costes entre ambos (vid. modelo Shelltime), hasta los que imponen dichos costes al fletador (vid. modelo BP Time 3). Algunos Clubs de Protección e Indemnización recomiendan a sus armadores firmar cláusulas específicas sobre el rescate de refugiados para clarificar dicho reparto de costes.

Recomendaciones adicionales para las empresas navieras

Finalmente, varias organizaciones marítimas han elaborado recomendaciones dirigidas a capitanes, propietarios de buques, autoridades gubernamentales, compañías aseguradoras y a otros interesados que buscan facilitar el desarrollo de operaciones de salvamento en el mar de refugiados. En este sentido, cabe destacar, entre otras, la versión actualizada de la Guía denominada “Salvamento en el mar: guía sobre los principios y prácticas aplicables a refugiados y migrantes”, elaborada por la Organización Marítima Internacional (OMI), la International Chamber of Shipping (ICS) y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), así como las pautas actualizadas para las operaciones de rescate a gran escala en la mar, que ha publicado recientemente la propia ICS. Mientras la comunidad internacional trata de reaccionar ante la crisis de los refugiados, los navieros deberán seguir asumiendo esfuerzos en primera línea de fuego para paliar, en la medida de lo posible, la tragedia humana en el mar.