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España - El practicaje desde tierra

 | Transporte XXI
Jesús Barbadillo Eyzaguirre (counsel del dpto. Litigación y Arbitraje Madrid)

Mientras el artículo 126 del vigente Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante contempla que el servicio de practicaje a los buques se preste necesariamente "a bordo de éstos", el artículo 2 del nuevo Reglamento (UE) 2017/352 de Parlamento Europeo y del Consejo sobre los servlcios portuarios permite el llamado shore-base pilotage al definir al practicaje como "el servicio de guía de un buque por parte de un práctico o de una estación de practicaje para permitir la entrada o la salida seguras del buque en la vía de acceso navegable del puerto o la navegación segura dentro de él".

Sin perjuicio de la aplicabilidad directa de todo reglamento de la Uníón Europea, y con independencia de que, sujetos al citado Reglamento, España debería modificar su normativa interna para permitir el practicaje desde tierra, cabe resaltar que tal posibilidad existe en varios países europeos (Alemania, Holanda, Irlanda, Italia, Noruega, Portugal, etc.) desde hace varios años. Si bien, generalmente limitada a determinados buques de línea regular, siempre sujetos al sistema VTS (Vessel Trafic Service o servicio de información y/o control del tráfico marítimo), y, en algunos países, únicamente en situaciones en las que el mal tiempo u otras causas similares imposibiliten que el práctico pueda subir a bordo del buque en condiciones de seguridad.

Sería muy deseable que España se alineara con los citados países y permitiera el practicaje desde tierra (o desde el bote del práctico o desde otro buque), y no ocurriera como pasó con las exenciones de practicaje cuando no sólo fuimos uno de los últimos países de la Unión Europea en aprobarlas, sino que además lo hicimos con una norma (Orden Fomento 1621/2002) muy restrictiva, pese a que algunos Informes (Study on Pilot Exemptions Certificates de PwC de 2012) afirman claramente que no hay más accidentes marítimos con exenciones de practicaje que sin ellas.

Además, el practicaje desde tierra podría evitar retrasos en las líneas regulares con varias rotaciones diarias y sin exenciones de practicaje, todo lo cual mejoraría la calidad del transporte sin menoscabo de la seguridad. No olvidemos que nuestro sector es uno de los más regulados, internacionalizados y liberalizados que existen y, por consiguiente, la legislación marítima debería ser lo más homogénea posible en todos los palses, pues, en caso contrario, muchas inversiones se irían probablemente a los países que ofrecieran un marco más competitivo.