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El Gobierno aprueba el Plan PIVE-3 para la concesión de subvenciones a la adquisición de vehículos nuevos

El sábado 27 de julio se publicó en el BOE el Real Decreto 575/2013, de 26 de julioAbre ventana nueva, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del “Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-3)”, cuya finalidad es facilitar y fomentar la retirada de la circulación de unos 70.000 vehículos con más de diez años de antigüedad para la categoría M1 (vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros, que tengan, además del asiento del conductor, ocho plazas como máximo) y con más de siete años para la categoría N1 (vehículos cuya masa máxima no supere las 3,5 toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de mercancías).

Las ayudas, con una dotación presupuestaria de 70.000.000 euros, se concederán por la adquisición de vehículos nuevos de las categorías M1 y N1, que vaya acompañada de la baja definitiva en tráfico de otro vehículo, siempre que uno y otro reúnan los requisitos detallados en el Real Decreto.

Podrán beneficiarse de la subvención los profesionales autónomos, las personas físicas, las microempresas y las pequeñas y medianas empresas, siempre que se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y  no tengan pendiente ninguna obligación de reintegro con la Administración General del Estado y sus organismos públicos dependientes.

Las subvenciones previstas en el Real Decreto no serán compatibles, para un mismo vehículo, con las ayudas otorgadas en virtud del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE), el Programa PIVE-2 o el Plan de Impulso al Medio Ambiente (PIMA Aire). No obstante, sí serán compatibles con el programa de ayudas al amparo del Real Decreto 294/2013, de 26 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos en 2013, en el marco de la Estrategia integral para el impulso del vehículo eléctrico en España 2010-2014.

Las subvenciones estarán condicionadas a la aplicación, en la factura de compraventa correspondiente, por parte del punto de venta adherido al programa, de un descuento mínimo de 1.000 euros por vehículo (aplicado antes de impuestos), realizado por el fabricante/importador o punto de venta del vehículo adquirido. A tal descuento se añadirán otros 1.000 euros por vehículo (aplicado después de impuestos) que serán financiados por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) con cargo al presupuesto de la ayuda. El importe del descuento aplicable podrá elevarse, como mínimo, a 1.500 euros por vehículo, tanto en la parte asumida por el fabricante/importador como en el importe de la ayuda pública procedente del IDAE, en el caso de vehículos M1 de más de cinco plazas, siempre que el solicitante sea una persona física integrante de una familia numerosa.

Las solicitudes de subvenciones se canalizarán necesariamente a través de los puntos de venta de vehículos previamente adheridos al programa. El programa surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el BOE y finalizará doce meses después de dicha fecha, o si ocurriera antes, cuando se agote el presupuesto disponible.