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COVID-19: La Autoridad de Protección de Datos portuguesa ha emitido una serie de directrices sobre la recogida de datos relativos a la salud de los trabajadores

Alerta Protección de Datos Portugal

La Autoridad de Protección de Datos portuguesa ha emitido una serie de directrices (disponibles únicamente en portugués) sobre la recogida de datos relativos a la salud de los trabajadores por el empresario en el marco de la prevención de la infección por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2, en las que aclara que:

  • el tratamiento de los datos relativos a la salud en el ámbito laboral se regirá en todo caso por lo previsto en la legislación portuguesa y, por tanto, sólo se producirá en el ámbito de la salud laboral;

  • el empresario no podrá, ni siquiera en el marco de la prevención de la infección por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2, realizar actos que, de conformidad con la legislación portuguesa, sólo pueden ser llevados a cabo por las autoridades sanitarias o por el propio trabajador y, por consiguiente, no podrá recopilar y registrar la temperatura corporal de sus trabajadores, ni pedirles otros datos relativos a su salud o a posibles comportamientos de riesgo;

  • el médico de empresa únicamente podrá examinar, con la frecuencia y los tipos de pruebas que estime oportunos, el estado de salud de los trabajadores y su capacidad para trabajar de conformidad con la ley portuguesa sobre seguridad y salud en el trabajo, y adoptar los procedimientos adecuados para salvaguardar la salud de los trabajadores y de terceros en caso de identificar a trabajadores con síntomas, o en cualquier otra situación que lo justifique;

  • el médico de empresa, a lo largo del período de finalización progresiva del confinamiento y vuelta al trabajo, y por medio de la cumplimentación de cuestionarios por los trabajadores, podrá recoger datos relativos a su salud, o a aspectos de su vida privada relacionados con la salud (por ejemplo, si han estado en contacto con personas infectadas), siempre que la finalidad sea la adopción de procedimientos adecuados para salvaguardar la salud de trabajadores y terceros.