Las Cooperativas de Trabajo Asociado, ¿nuevamente vigentes?
Alerta Laboral Colombia 1-2018
El Consejo de Estado, mediante Sentencia del pasado 19 de febrero de 2018, declaró la nulidad de los artículos 2° y 4° (incisos primero y tercero), 5° 9° y 10° del Decreto 2025 de 2011 el cual reguló algunos aspectos sobre las Cooperativas de Trabajo Asociado.
Los artículos declarados nulos prohibían a las empresas públicas y/o privadas contratar procesos o actividades del giro ordinario de sus negocios con Cooperativas de Trabajo Asociado y establecían las eventuales multas por la utilización indebida de estas entidades.
Dichas normas fueron declaradas nulas pues se consideró que el gobierno nacional se excedió en el ejercicio de su potestad reglamentaria. Así las cosas la prohibición de contratar con estas entidades queda transitoriamente permitida hasta que eventualmente se expida una nueva regulación, si es que el Gobierno Nacional insiste en regular este asunto.
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