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Chile: La Dirección del Trabajo admitió que un trabajador a distancia o en teletrabajo pueda laborar tanto sujeto a jornada de trabajo como sin sujeción a la misma en determinados períodos

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Alerta Laboral Chile

Con fecha 16 de noviembre de 2020, la Dirección del Trabajo emitió el Dictamen Nº3079/031, que se pronuncia acerca de la aplicación de las reglas sobre jornada de trabajo, para los trabajadores sujetos a modalidades de trabajo a distancia o teletrabajo.

  1. Se reafirma la posibilidad de combinar una modalidad de trabajo presencial, con otra de trabajo a distancia, estando las partes facultadas para acordar alternativas entre las que podrá optar el trabajador –de lo cual deberá dejarse constancia en el contrato de trabajo o anexo respectivo–, debiendo comunicar su elección al empleador con, al menos, una semana de anticipación.
  2. Se niega la posibilidad de combinar, dentro de una misma semana, un sistema de sujeción a jornada de trabajo, con otro de exclusión de dicha limitación, toda vez que la jornada de trabajo se calcula o computa de forma semanal.
  3. Por el contrario, se admite que las partes acuerden que, en determinados periodos, el trabajador labore sujeto a limitación de jornada de trabajo, y en otros se encuentre exento del cumplimiento de una jornada, siempre y cuando dichas modalidades de jornada se apliquen en semanas distintas, y se ajusten a los parámetros establecidos por el legislador respecto de la liberación de los límites de una jornada laboral, que dicen relación con el tipo de funciones que desempeña el trabajador y/o la forma en que presta sus servicios.