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I+D+i, actualidad de los incentivos fiscales

From 09:15 to 12:00

Sevilla

Novedades y cuestiones controvertidas en torno a la aplicación de los incentivos tributarios a la I+D+i

 
España dispone de un excelente marco de ayudas fiscales a la I+D+i, en línea de lo que se viene haciendo en otros países de la UE, y en gran medida, en línea con la corriente de armonización de los incentivos fiscales existentes en los países de la OCDE.
 
Las deducciones por I+D oscilan entre el 25 y el 42% del gasto, las de innovación son del 12%, y existen mecanismos que permiten su monetización (cash-back) que anticipan el efecto de las deducciones con una quita del 20%.
 
Adicionalmente, existe la posibilidad de aplicar un incentivo fiscal por cesión de activos intangibles en el Impuesto sobre Sociedades (Patent Box), e incentivos complementarios para Pymes Innovadoras, que pueden compatibilizar las deducciones por I+D+i con las bonificaciones en la Seguridad Social del personal investigador.
 
Todo ello, representa un amplio abanico de herramientas que pretenden incentivar la actividad innovadora de las empresas españolas.
 
Recientemente han acontecido una serie de novedades de especial relevancia. La primera, un cambio de criterio de la Dirección General de Tributos en cuanto al reconocimiento exnovo de deducciones extemporáneas.
 
Posteriormente, a final del 2022, la Audiencia Nacional puso de manifiesto un cambio de criterio en lo que se refiere a la deducción por innovación tecnológica (IT) en proyectos de desarrollo de aplicaciones informáticas. En una sociedad eminentemente tecnológica, en el que la innovación suele llevar aparejada un desarrollo en software, este cambio de criterio tiene especial trascendencia. En cualquier caso la controversia no estaría cerrada, el desarrollo software es reconocido por el Ministerio de Ciencia e Innovación en los Informes Motivados como Innovación, por lo que existirían criterios dispares entre la propia Administración. En la comunidad foral de Navarra han sido eminentemente prácticos modificando, en febrero de 2023, Ley Foral de Impuesto de Sociedades, incluyendo en la base de deducción por innovación tecnológica la ingeniería del software.

 

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Auditorio Garrigues Sevilla
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