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# Se modifican normas del mercado de valores en Colombia con el fin de incentivar la oferta y la demanda 





Colombia - 18 / 09 / 2020





Alerta Bancario y Financiero Colombia













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**Se expide el Decreto 1235 de 2020 mediante el cual el Gobierno Nacional realiza una serie de modificaciones al Decreto 2555 de 2010, dentro de las cuales se destaca la ampliación de los montos máximos de financiación en el marco de plataformas de financiación colaborativa (*crowdfunding*), teniendo en cuenta que estas plataformas han demostrado ser una herramienta efectiva en la búsqueda de nuevos mecanismos de financiación, especialmente para las PYMES.**





Adicionalmente, y con el propósito de elevar los estándares de protección de los inversionistas, se realizan ajustes a la figura del representante legal de los tenedores de bonos, eliminando circunstancias que impiden figurar como representante legal de tenedores de bonos, e incluyendo las situaciones consideradas como generadoras de conflictos de interés.

Por otro lado, el decreto introduce requisitos de gobierno corporativo dirigidos a las sociedades por acciones simplificadas – SAS, que pretendan emitir títulos representativos de deuda en el segundo mercado; dentro de estos requisitos se encuentran el contar con una junta directiva, con un revisor fiscal y constituir un comité de auditoría.

Finalmente, entre otras modificaciones, el decreto incluye un régimen de transición, en donde indica que los programas de emisión que se encuentren vigentes en la fecha de publicación del decreto, que no se hayan prorrogado y que cumplan con todas las condiciones y obligaciones señaladas en el Decreto 2555 de 2010, podrán prorrogarse hasta por un término de cinco (5) años, de conformidad con la autorización de la Superintendencia Financiera de Colombia.

El decreto puede ser consultado en el siguiente [enlace](https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%201235%20DEL%2014%20DE%20SEPTIEMBRE%20DE%202020.pdf).









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 Esta publicación tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico, ni de ningún otro tipo. Tampoco pretende ofrecer un resumen exhaustivo de las normas y novedades a las que se refiere ni recoger todo lo publicado, sino únicamente ofrecer una selección, por lo que se recomienda consultar los textos oficiales y obtener asesoramiento profesional específico. Garrigues no asume responsabilidad alguna por el uso de esta información, ni la obligación de actualizarla tras su publicación.



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