##  [Plazo para la recuperación del IVA de créditos incobrables](/pl/es_ES/noticia/plazo-recuperacion-iva-creditos-incobrables) 

# Plazo para la recuperación del IVA de créditos incobrables





España - 29 / 11 / 2020









Madga Agustí, asociada 'senior' del Departamento Tributario de Garrigues en Barcelona.







- <a aria-label="Link" class="fs-5" data-content="Copied link" data-placement="top" data-toggle="popover" data-trigger="focus" data-url="https://www.garrigues.com/pl/es_ES/noticia/plazo-recuperacion-iva-creditos-incobrables" id="get-app-artwork" role="button" tabindex="0"></a>
- [](https://www.linkedin.com/sharing/share-offsite/?url=https://www.garrigues.com/pl/es_ES/noticia/plazo-recuperacion-iva-creditos-incobrables)
- [](<https://twitter.com/intent/tweet?text=Plazo para la recuperación del IVA de créditos incobrables&url=https://www.garrigues.com/pl/es_ES/noticia/plazo-recuperacion-iva-creditos-incobrables>)
- [](<https://www.facebook.com/sharer.php?u=https://www.garrigues.com/pl/es_ES/noticia/plazo-recuperacion-iva-creditos-incobrables&t=Plazo para la recuperación del IVA de créditos incobrables>)

 







   Previous    Next  















**En el escenario económico derivado de la Covid-19, lamentablemente, son muchas las empresas y profesionales que están viendo como sus facturas dejan de ser atendidas.**





Como hemos tenido ocasión de explicar en anteriores ediciones, este perjuicio puede en parte paliarse en el importe de las cuotas de IVA que, peso no haber sido satisfechas por el cliente, han sido repercutidas y declaradas ante la Hacienda Pública.

En particular, la normativa del Impuesto regula dos casos en que puede recuperarse el IVA: (i) cuando el cliente ha sido declarado en concurso de acreedores y (ii) cuando el crédito no se haya hecho efectivo transcurrido un determinado plazo de tiempo siendo ello indicio de las dificultades de su cobro.

A los efectos, se prevé la tramitación de unos procedimientos que, en cumplimiento de ciertos requisitos (entre ellos, haber reclamado la deuda judicialmente o mediante requerimiento notarial o algún otro cuestionable desde el punto de vista de la normativa de la UE), consisten en la emisión de una factura rectificativa mediante la que el acreedor reduce el IVA repercutido inicialmente y lo consigna en su próxima autoliquidación del Impuesto.

Después, dicha factura rectificativa debe comunicarse formalmente a la Administración y remitirse fehacientemente a las partes implicadas en el plazo de un mes desde su expedición.

Aunque no parece un trámite complejo, lo cierto es que estos procedimientos son muy estrictos en cuanto a formalidades y, especialmente, respecto de los plazos.

En concreto, si las facturas rectificativas se emiten más allá del plazo habilitado, la recuperación del IVA es denegada.

Recordemos los plazos convencionales para la emisión de las facturas rectificativas. Para supuestos de que el cliente haya sido declarado en concurso, para la emisión de la correspondiente factura rectificativa, el acreedor dispone de tres meses desde la publicación en el BOE del auto de declaración del concurso. Respecto de los créditos incobrables, es de un año desde el devengo el IVA (o, voluntariamente, también de seis meses cuando el acreedor presente volumen de operaciones en el año natural inmediato anterior inferior a 6.010.121,04 euros).

Sin embargo, para el cómputo del plazo de emisión de la factura rectificativa, en relación con las cuotas que puedan quedar afectadas por el estado de alarma, debe tenerse en cuenta la suspensión de los plazos de los procedimientos tributarios, desde el 14 de marzo, fecha de la declaración del estado de alarma, hasta el 30 de mayo de 2020 (1 de junio si el plazo vence el 30 de mayo).

Así, de acuerdo con la herramienta de calendario de plazos disponible en la web de la Agencia Tributaria, la suspensión por el estado de alarma, aunque no retrasa la fecha para considerar un crédito incobrable, amplía el plazo para rectificar la factura.

De esta forma, la suspensión, tal y como es aplicada por la Agencia Tributaria en su web, abre la puerta a que, a día de hoy, puedan recuperarse cuotas de IVA relativamente antiguas, que se hubieran podido dar por perdidas por no emitir las facturas rectificativas en el plazo convencional. Lo mostramos con un ejemplo.

Una empresa con volumen de operaciones superior a seis millones de euros, emite una factura el 15 de junio de 2019. En circunstancias habituales, ante el impago de la factura, podría haber emitido la correspondiente rectificativa entre el 16 de junio y hasta el 16 de septiembre de 2020. No obstante, debido a la suspensión de plazos por el estado de alarma, hasta el 2 de diciembre de 2020 aún tendría posibilidad de rectificar la factura inicial.

Por ello, desde aquí os animamos a reconsiderar, en su caso, la posibilidad de recuperar aquellas cuotas del IVA impagadas y de las que se hubiera desistido por razones de plazo.









[España](/pl/es_ES/tags/espana), [Tributario](/pl/es_ES/tags/tributario), [IVA](/pl/es_ES/tags/iva)





---

 Esta publicación tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico, ni de ningún otro tipo. Tampoco pretende ofrecer un resumen exhaustivo de las normas y novedades a las que se refiere ni recoger todo lo publicado, sino únicamente ofrecer una selección, por lo que se recomienda consultar los textos oficiales y obtener asesoramiento profesional específico. Garrigues no asume responsabilidad alguna por el uso de esta información, ni la obligación de actualizarla tras su publicación.



---





 

 



 

 

### Servicios relacionados 

 

- [Tributario ](/pl/es_ES/servicios/tributario)
 


 

 



 

### Oficinas relacionadas

 

- - [Barcelona](/pl/es_ES/oficina/barcelona)
 


 

 



 

## Buscar publicación

   

   Selecciona servicio   Administrativo y Constitucional   Agribusiness y Alimentación   Automoción   Bancario y Financiero   Deportes   Derecho Europeo y de la Competencia   Economía del Dato, Privacidad y Ciberseguridad   Empresa Familiar   Energía   Farmacia, Biotecnología y Ciencias de la Salud   Human Capital Services   Infraestructuras   Inmobiliario   Laboral   Medios y Entretenimiento   Mercado de Valores   Mercantil y Fusiones y Adquisiciones   Moda   Penal e Investigaciones Internas   Private Equity   Propiedad Industrial e Intelectual   Reestructuraciones e Insolvencias   Regulatorio Financiero   Resolución de Conflictos: Litigación y Arbitraje   Seguros   Sostenibilidad   Startups &amp; Open Innovation   Tecnología, Comunicaciones y Digital   Transporte, Logística y Marítimo   Tributario   Turismo y Hoteles   Urbanismo y Medioambiente    Facet Services detail   Facet Services detail  

 



   Tipo de publicación   Publicaciones   Newsletters    Facet Publication type detail   Facet Publication type detail  

 



  Min  

 Max  

 







 

## Buscador de noticias