Mediante Decreto Supremo No. 020-2020-SA, se extiende el periodo de Emergencia Sanitaria por un plazo adicional de 90 días. Destacamos las medidas que se verán impactadas con este nuevo periodo en el terreno laboral.
Los plazos de prescripción y caducidad de acciones y derechos contemplados en la normativa tributaria han quedado suspendidos durante el estado de alarma hasta el 30 de mayo de 2020. La Dirección General de Tributos (DGT) aclara, en el supuesto específico de reinversión en vivienda habitual, que esta suspensión alcanza al plazo de reinversión.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), resolviendo una cuestión prejudicial planteada por la Audiencia Nacional, ha dictado una sentencia en fecha 4 de junio de 2020 en la que declara que una normativa nacional que no permite a los trabajadores reclamar el disfrute de los permisos retribuidos en días laborables cuando el hecho causante se produce durante el descanso semanal o vacaciones, no se opone a la normativa comunitaria.
La Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI emitió la Resolución Nº 006-2020/CLC-INDECOPI por la que se aprobó la ‘Guía de Programas de Cumplimiento de las Normas de Libre Competencia’. Esta guía, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 3 de junio de 2020, recoge principalmente el texto del proyecto publicado en setiembre de 2019, aunque con algunas variaciones.
A efectos del Impuesto sobre Sociedades, tienen la consideración de sociedades patrimoniales los contribuyentes en los que, además de otras circunstancias, concurra que, al menos durante noventa días del período impositivo, más de la mitad de su activo (i) esté constituido por valores o (ii) no esté afecto a actividades económicas.
Entre las novedades aprobadas está una nueva tasa de interés moratorio, facilidades de pago abreviadas, la ampliación del término de los beneficios de la Ley 2010 o la reducción del anticipo de renta para el año gravable 2020. Además, se reanudan términos desde el 2 de junio de 2020 y se amplían los plazos para presentar información exógena (Decretos 688, 766 y resoluciones 53 y 55 de 2020).
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) ha dictado una sentencia, con fecha 17 de marzo de 2020, por la que revoca parcialmente la sentencia de la Audiencia Nacional, de 13 de junio de 2018, extendiendo al permiso por matrimonio la conclusión de que el cómputo se debe iniciar el primer día laborable inmediato siguiente cuando el hecho causante se produzca en día no laborable para el trabajador.
Ante la reciente ampliación del Estado de Emergencia y aislamiento social obligatorio hasta el 30 junio de 2020, se ha publicado la Resolución de Superintendencia No. 099-2020/SUNAT, que establece nuevos plazos de vencimiento para el cumplimiento de diversas obligaciones tributarias.
En una reciente sentencia de 3 de marzo de 2020 (recurso de casación 5448/2018), el Tribunal Supremo (TS) se ha pronunciado sobre los límites de la interpretación de los convenios para evitar la doble imposición a la luz de versiones posteriores de modelos de convenio (y sus correspondientes comentarios) publicados por la OCDE.