##  [Polonia: Avances y principales propuestas de la Desregulación 2.0 en materia tributaria](/es_ES/noticia/polonia-avances-principales-propuestas-desregulacion-20-materia-tributaria) 

# Polonia: Avances y principales propuestas de la Desregulación 2.0 en materia tributaria





Polonia - 21 / 08 / 2026









Maciej Nowicki y Angela Kopczyk 







- <a aria-label="Link" class="fs-5" data-content="Copied link" data-placement="top" data-toggle="popover" data-trigger="focus" data-url="https://www.garrigues.com/es_ES/noticia/polonia-avances-principales-propuestas-desregulacion-20-materia-tributaria" id="get-app-artwork" role="button" tabindex="0"></a>
- [](https://www.linkedin.com/sharing/share-offsite/?url=https://www.garrigues.com/es_ES/noticia/polonia-avances-principales-propuestas-desregulacion-20-materia-tributaria)
- [](<https://twitter.com/intent/tweet?text=Polonia: Avances y principales propuestas de la Desregulación 2.0 en materia tributaria&url=https://www.garrigues.com/es_ES/noticia/polonia-avances-principales-propuestas-desregulacion-20-materia-tributaria>)
- [](<https://www.facebook.com/sharer.php?u=https://www.garrigues.com/es_ES/noticia/polonia-avances-principales-propuestas-desregulacion-20-materia-tributaria&t=Polonia: Avances y principales propuestas de la Desregulación 2.0 en materia tributaria>)

 







   Previous    Next  















**El Gobierno polaco ha presentado un paquete de propuestas denominado “Desregulación 2.0”, relativo a la administración tributaria y al derecho tributario. Con ellas se pretende simplificar el cumplimiento de las liquidaciones del IVA y reforzar la seguridad jurídica mediante la mejora de las relaciones entre la administración tributaria, los contribuyentes y los empresarios. Hasta la fecha, tres ámbitos se han incorporado como proyectos independientes a la lista de trabajos del Consejo de Ministros, pero todavía no se han publicado los textos de los proyectos de ley.**





El paquete constituye una nueva fase del programa de desregulación impulsado por el Gobierno polaco. “Desregulación 2.0” no es actualmente un único proyecto de ley. El 6 de julio se presentaron más de diez propuestas, de las cuales tres ámbitos cuentan ya con entradas separadas en la lista de trabajos legislativos y programáticos del Consejo de Ministros:

- El primero (UD436) se refiere a la introducción, en la Ley General Tributaria polaca (*Ordynacja podatkowa*), de principios marco para la resolución tácita de asuntos (*milczące załatwienie sprawy*);
- El segundo ([UD445](https://www.gov.pl/web/premier/projekt-ustawy-o-zmianie-ustawy--ordynacja-podatkowa-oraz-niektorych-innych-ustaw8)) comprende la reforma de las interpretaciones tributarias y de los dictámenes sobre la aplicación de preferencias en materia de retención en origen (WHT) (*opinia o stosowaniu preferencji WHT*);
- El tercero ([UD450](https://www.gov.pl/web/premier/projekt-ustawy-o-zmianie-ustawy--ordynacja-podatkowa7)) se refiere a la centralización de la emisión de interpretaciones tributarias individuales (*interpretacja indywidualna*) sobre los impuestos y tasas comprendidos en la competencia de las autoridades tributarias municipales, mediante la transferencia de esa competencia al director de Información Tributaria Nacional (*Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej*).

En cada una de las tres fichas está prevista la aprobación del proyecto por el Consejo de Ministros en el cuarto trimestre de 2026. Solo la ficha UD450 fija una fecha prevista para la entrada en vigor de la ley: el 1 de julio de 2027.

En la fecha de publicación de este artículo, aparte de breves informaciones sobre las razones y la necesidad de las medidas, no se habían publicado los textos de los proyectos, sus exposiciones de motivos ni las evaluaciones de impacto normativo. Por ello, el análisis de las medidas seleccionadas que sigue se basa en el [comunicado de 6 de julio de 2026 del Ministerio de Finanzas polaco](https://www.gov.pl/web/finanse/deregulacja-20-przyjazna-administracja-skarbowa-i-pewnosc-prawa-podatkowego) (*Ministerstwo Finansów*) y en las fichas que describen los objetivos de los proyectos mencionados, disponibles en la lista de trabajos legislativos.

**Digitalización de las liquidaciones del IVA**

Uno de los elementos clave del paquete es avanzar en la digitalización de las liquidaciones del IVA. Está previsto poner a disposición una aplicación gratuita que permita emitir recibos electrónicos en dispositivos móviles. La aplicación constituiría una alternativa voluntaria a las cajas registradoras fiscales en línea, tanto físicas como virtuales. El cliente podría recibir un recibo con un código QR o un recibo electrónico.

Los datos recopilados en el sistema se utilizarían posteriormente para preparar declaraciones del IVA precumplimentadas. Según las estimaciones del Gobierno, el servicio de declaración precumplimentada podría abarcar a unos dos millones de contribuyentes que presentan declaraciones del IVA. La presentación de la declaración preparada seguiría siendo voluntaria y requeriría que el contribuyente la verificase.

La evaluación de los beneficios reales solo será posible cuando se presenten el proyecto de disposiciones y los planteamientos técnicos. Serán especialmente relevantes el alcance de los datos utilizados por la administración, la responsabilidad por su verificación y la relación entre la nueva solución y el Sistema Nacional de Facturación Electrónica (*Krajowy System e-Faktur*, KSeF), el fichero normalizado de control (*Jednolity Plik Kontrolny*, JPK) y las cajas registradoras fiscales en línea existentes.

**Interpretaciones tributarias y dictámenes WHT: vigencia, prórroga y centralización**

La normativa actualmente vigente no fija de antemano un periodo de vigencia para una interpretación tributaria individual. Los planteamientos del proyecto UD445 prevén introducir un periodo de vigencia de cinco años para las interpretaciones individuales, mientras que la vigencia de los dictámenes sobre la aplicación de preferencias WHT se ampliaría de 36 meses a cinco años.

La prórroga de la vigencia no se produciría de oficio. El solicitante tendría que presentar una solicitud de prórroga antes de que expirase el periodo de cinco años. En el caso de una interpretación individual, la solicitud sería gratuita y la prórroga se referiría a hechos futuros. Si la autoridad no resolviese la solicitud antes de que expirase la vigencia de la interpretación o del dictamen WHT, dicha vigencia se prorrogaría por otros cinco años.

Los planteamientos prevén también disposiciones transitorias:

- Las interpretaciones emitidas antes del 1 de enero de 2023 perderían su vigencia el 30 de junio de 2028.
- Las interpretaciones emitidas entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2027 perderían su vigencia cinco años después de su emisión, pero no antes del 1 de enero de 2029.

No obstante, el proyecto permitiría prorrogar el plazo de vigencia mediante el correspondiente procedimiento.

Al mismo tiempo, el proyecto reforzaría la función protectora de las interpretaciones generales (*interpretacja ogólna*), al prever que los contribuyentes que se hayan atenido a una interpretación vigente no sufrirán consecuencias negativas a raíz de un cambio posterior en la posición de las autoridades tributarias.

La modificación de las disposiciones a las que se refiera una interpretación individual haría que esta perdiese su vigencia de pleno derecho. La modificación de las cláusulas de un convenio para evitar la doble imposición tendría un efecto análogo sobre el dictamen WHT. No obstante, el periodo previsto de cinco años sería únicamente el periodo máximo de vigencia del dictamen. Conviene señalar que, conforme a la [normativa del impuesto sobre sociedades (CIT) ya vigente](https://eli.gov.pl/eli/DU/2026/554/ogl), un cambio sustancial de las circunstancias de hecho o la desaparición de las condiciones para aplicar la preferencia puede provocar la pérdida anticipada de su vigencia.

La centralización de la emisión de interpretaciones sobre impuestos y tasas locales figura en la lista de trabajos del Consejo de Ministros como proyecto independiente [UD450](https://www.gov.pl/web/premier/projekt-ustawy-o-zmianie-ustawy--ordynacja-podatkowa7). Según su ficha, la competencia para emitir esas interpretaciones pasaría al director de Información Tributaria Nacional. La autoridad tributaria municipal competente recibiría el proyecto de interpretación y dispondría de 14 días para emitir un informe. La falta de informe equivaldría a su aceptación. En los casos previstos por la ley, la autoridad municipal podría impugnar la interpretación ante un tribunal administrativo (*wojewódzki sąd administracyjny*).

Desde la perspectiva del contribuyente, lo más relevante es la suspensión anunciada de la protección derivada de los [artículos 14k–14m de la Ley General Tributaria polaca](https://eli.gov.pl/eli/DU/2026/622/ogl). Si la autoridad tributaria municipal interpusiera un recurso, la protección prevista en esos artículos no se aplicaría mientras durase el procedimiento judicial. Según la ficha UD450, solo se aplicaría tras la desestimación o inadmisión del recurso mediante resolución firme.

El Gobierno también ha anunciado la ampliación a los impuestos sobre la renta PIT y CIT del sistema de informaciones vinculantes, que actualmente comprende, entre otros instrumentos, la información vinculante sobre tipos del IVA (*wiążąca informacja stawkowa*) y en materia de impuestos especiales (*wiążąca informacja akcyzowa*), así como la integración de todos estos instrumentos en un procedimiento común.

**Resolución tácita de asuntos y actuaciones de comprobación preliminar**

Según la ficha UD436, se pretende establecer en la Ley General Tributaria polaca un marco general para la resolución tácita de asuntos. Este mecanismo solo podría aplicarse cuando una disposición especial atribuyera expresamente ese efecto a la inacción de la autoridad. El comunicado del Ministerio de Finanzas polaco enumera ejemplos de asuntos que podrían quedar comprendidos en este mecanismo, entre ellos el restablecimiento de un plazo, la prórroga de una garantía aceptada, la suspensión o reanudación de un procedimiento y el desistimiento de un recurso.

Otros anuncios se refieren a las actuaciones de comprobación preliminar. El contribuyente recibiría información inequívoca sobre su inicio y finalización, y la autoridad solo requeriría documentos que no pudiera obtener de los sistemas disponibles. También se ha anunciado protección para el contribuyente que se atenga a las conclusiones alcanzadas durante esas actuaciones. Su alcance exacto, incluidos los efectos en materia de intereses y de responsabilidad por infracciones y delitos fiscales (*odpowiedzialność karnoskarbowa*), solo podrá evaluarse a partir del proyecto de ley.

**Recursos, garantías, rectificaciones y principio de relevancia**

Entre las demás propuestas figura la ampliación de 14 a 30 días del plazo para interponer un recurso contra una resolución tributaria. El Gobierno también ha anunciado un mecanismo para ejecutar con mayor rapidez una resolución favorable al contribuyente tras la renuncia de este al derecho a recurrir.

También está previsto ampliar el catálogo de formas de garantía entre las que puede elegir el contribuyente, incorporando la hipoteca forzosa (*hipoteka przymusowa*) y la prenda sobre participaciones sociales, acciones y bienes muebles, y reforzar los controles sobre las decisiones de aseguramiento (*decyzje zabezpieczające*). Por tanto, no se trata de crear esas figuras desde cero, sino de modificar las reglas para utilizarlas como alternativa a formas de garantía más gravosas.

Por su parte, el principio de relevancia limitaría la incoación de procedimientos relativos a operaciones de escasa entidad y mínima relevancia fiscal, salvo cuando se actuase deliberadamente en perjuicio del Tesoro del Estado polaco (*Skarb Państwa*). Se trata de una medida distinta de las preferencias anunciadas para los casos de rectificación voluntaria de la liquidación tributaria.

La [Ley General Tributaria polaca](https://eli.gov.pl/eli/DU/2026/622/ogl) ya establece, si se cumplen las condiciones legales, un tipo de interés de demora reducido al 50% tras una rectificación válida, mientras que el [Código Penal Fiscal polaco](https://eli.gov.pl/eli/DU/2025/633/ogl) (*Kodeks karny skarbowy*) regula la no imposición de una pena, bajo determinadas condiciones, tras la rectificación de la declaración y el pago de la cantidad adeudada. Según el comunicado, el tipo de interés reducido al 50% y la protección frente a la responsabilidad por infracciones y delitos fiscales se aplicarían a una rectificación efectuada después de una alerta automática del sistema, pero antes de que reaccionase la administración tributaria. El tipo de interés reducido se aplicaría también a la presentación voluntaria fuera de plazo de la primera declaración y al pago del impuesto sin requerimiento previo. El alcance definitivo de estas preferencias dependerá de la futura normativa.

**Relevancia para los empresarios**

Conforme a los objetivos presentados, las medidas examinadas están encaminadas a ofrecer al contribuyente una mayor previsibilidad y protección en sus relaciones con la administración tributaria. Desde la perspectiva de los empresarios, la introducción de los cambios anunciados podría reducir, ante todo, los riesgos financieros y procedimentales asociados a las relaciones habituales con las autoridades tributarias. Las soluciones actuales, que en la práctica a menudo han generado incertidumbre entre los contribuyentes, se suavizarían o complementarían con mecanismos de protección adicionales.

Todos estos planteamientos se encuentran por ahora únicamente en fase de anuncio. La experiencia de la primera etapa de desregulación, en la que algunos de los cambios previstos no llegaron a entrar en vigor porque el presidente vetó la ley, muestra que el proceso legislativo en este ámbito puede prolongarse y no garantiza la aprobación definitiva de las medidas propuestas. El alcance real de los cambios en el marco jurídico dependerá de la redacción final de las disposiciones y de cómo las apliquen en la práctica las autoridades tributarias.









[Polonia](/es_ES/tags/polonia), [Tributario](/es_ES/tags/tributario)







 

 



 

 

### Profesional de contacto

 

 ![Maciej Nowicki - Garrigues](/sites/default/files/styles/medium/public/team/photo/Maciej_Nowicki__en_20260221.jpg?itok=M0X4ELYD)

[Maciej Nowicki](/es_ES/equipo/maciej-nowicki)




![](/themes/custom/garriguestheme/img/iconos/email-contacto.svg)[Contactar](<mailto:maciej.nowicki@garrigues.com >)

- +48 22 540 6100
    
    [Varsovia](https://www.garrigues.com/es_ES/oficina/varsovia)
 










 

[Consultar más profesionales](../equipo)

 

 



 

### Servicios relacionados 

 

- [Tributario ](/es_ES/servicios/tributario)
 


 

 



 

### Oficinas relacionadas

 

- - [Varsovia](/es_ES/oficina/varsovia)
 


 

 



 

## Buscar publicación

   

- [Administrativo y Constitucional](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1422)
- [Agribusiness y Alimentación](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1417)
- [Automoción](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1419)
- [Bancario y Financiero](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1443)
- [Deportes](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1430)
- [Derecho Europeo y de la Competencia](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1416)
- [Economía del Dato, Privacidad y Ciberseguridad ](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A10913)
- [Empresa Familiar](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1413)
- [Energía](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A10916)
- [Farmacia, Biotecnología y Ciencias de la Salud](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1429)
- [G-advisory](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A12821)
- [Gobierno Corporativo y Desarrollo Sostenible](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A12823)
- [Human Capital Services](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1431)
- [Infraestructuras](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A10914)
- [Inmobiliario](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A10927)
- [Laboral](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1424)
- [Medios y Entretenimiento](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1433)
- [Mercado de Valores](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1442)
- [Mercantil y Fusiones y Adquisiciones](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1441)
- [Moda](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1435)
- [Penal e Investigaciones Internas](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1434)
- [Private Equity](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1439)
- [Propiedad Industrial e Intelectual](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1421)
- [Reestructuraciones e Insolvencias](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1420)
- [Regulatorio Financiero](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A10915)
- [Resolución de Conflictos: Litigación y Arbitraje](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1412)
- [Seguros](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1438)
- [Sostenibilidad](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A10921)
- [Startups &amp; Open Innovation](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1426)
- [Tecnología, Comunicaciones y Digital](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1436)
- [Transporte, Logística y Marítimo](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1428)
- [Tributario](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1425)
- [Turismo y Hoteles](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1432)
- [Urbanismo y Medioambiente](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=service%3A1444)

 Facet Services detail

 



- [Publicaciones](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=publication_type%3A794)
- [Newsletters](/es_ES/markdownify/node/15985?f%5B0%5D=publication_type%3A107)

 Facet Publication type detail

 



  Min  

 Max  

 







 

## Buscador de noticias