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# Acuerdo UE-Mercosur en la práctica: ¿cómo pueden las empresas polacas beneficiarse de preferencias arancelarias al exportar a Sudamérica?





Polonia - 07 / 09 / 2026

















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**Desde el 1 de mayo de 2026 se aplica provisionalmente un acuerdo interino de comercio entre la Unión Europea y los países del Mercosur. ¿Qué significa esto en la práctica? Las empresas polacas que exportan a Argentina, Brasil, Paraguay o Uruguay pueden quedar sujetas a tipos arancelarios más bajos. La magnitud de la reducción y el momento de su aplicación dependen del código arancelario y del calendario aplicable al producto de que se trate. No obstante, es necesario demostrar que la mercancía es efectivamente originaria de la UE y documentarlo adecuadamente.**





Antes de que el exportador empiece a reunir la documentación, debe determinar primero si su mercancía puede considerarse originaria de la Unión Europea. Se trata de un concepto clave en todo el acuerdo. De conformidad con sus disposiciones (artículo 3.2), un producto puede obtener ese estatus en tres supuestos:

- cuando se haya fabricado enteramente en la UE,
- cuando se haya fabricado exclusivamente a partir de materias primas y componentes también originarios de la UE, o
- cuando en su producción se hayan utilizado materiales no originarios de la UE, pero se hayan cumplido determinadas condiciones. ¿Cuáles? Depende del producto concreto y se describen en el anexo 3-B del acuerdo. Por lo general, se exige que el producto cambie su clasificación arancelaria (el denominado cambio de partida arancelaria), que se someta a un proceso de elaboración determinado o que el valor de los materiales no originarios de la UE no supere el límite establecido.

Pero ¿qué ocurre cuando los materiales no originarios utilizados no cumplen estos requisitos específicos? Aquí aparece la denominada regla de tolerancia: si el valor total de dichos materiales no supera el 10% del precio del producto final (y, además, no se ha superado ninguno de los límites de peso o de valor establecidos en el anexo), el producto todavía puede considerarse originario de la UE. Atención: para los productos textiles se aplican umbrales de tolerancia distintos y más detallados.

El acuerdo también introduce una interesante posibilidad denominada acumulación bilateral del origen. Puede sonar complicado, pero la idea es sencilla: los materiales originarios de los países del Mercosur utilizados para fabricar un producto en la UE (y viceversa) pueden tratarse como si fueran originarios del lugar en el que se obtiene el producto final. Existe una condición: la elaboración debe ser suficiente, es decir, debe ir más allá de las operaciones simples enumeradas en el artículo 3.6 del acuerdo. ¿Qué significa esto? El mero envasado, la simple mezcla de ingredientes, el lijado ordinario o un montaje sencillo no bastan para que el producto cambie de origen. Debe llevarse a cabo un proceso de producción más avanzado.

**¿Cómo preparar una declaración de origen?**

Una vez que sabemos que nuestra mercancía puede considerarse originaria de la UE, llega el momento de los trámites. En las relaciones con el Mercosur, los exportadores de la UE solo pueden utilizar un tipo de prueba de origen: la declaración de origen. Su modelo figura en el anexo 3-C del acuerdo y es aplicable desde el inicio de la aplicación provisional del acuerdo.

El texto de la declaración está estrictamente establecido: no puede modificarse ni mejorarse libremente. ¿Dónde debe incluirse? En la factura, la especificación de envío u otro documento comercial (por ejemplo, una factura pro forma o una lista de embalaje). Puede escribirse a mano, imprimirse o mecanografiarse. El documento que contenga la declaración también puede enviarse electrónicamente, lo que supone una importante facilidad. Es importante que incluya el nombre y la dirección completa tanto del exportador como del destinatario, así como una descripción de las mercancías lo suficientemente detallada para que puedan identificarse inequívocamente.

**Sistema REX: ¿cuándo es necesario registrarse?**

Un elemento clave de la declaración es el denominado número de referencia del exportador. Aquí aparece un umbral importante: 6.000 euros. Si el valor de las mercancías enviadas no supera esta cantidad, cualquier exportador puede emitir la declaración sin registrarse en el sistema especial REX (del inglés *Registered Exporter System*, es decir, Sistema de Exportadores Registrados). Naturalmente, la mercancía debe cumplir todos los requisitos de origen descritos anteriormente. En cambio, para los envíos superiores a 6.000 euros, el registro en el REX pasa a ser obligatorio y el exportador debe indicar en la declaración su número REX válido.

La buena noticia es que el registro en el REX es un trámite único. Además, si la empresa ya dispone de un número REX asignado en relación con otros acuerdos comerciales de la UE, también puede utilizarlo en el comercio con el Mercosur; no es necesario obtener otro. En Polonia, el registro en el sistema REX corresponde a la Cámara de Administración Tributaria de Poznań (Unidad de Registro Central).

**Calendario del exportador: fechas importantes**

La declaración de origen es válida durante 12 meses desde la fecha de su elaboración. A estos efectos, se considera como tal el día indicado en la propia declaración. Si la fecha no se ha indicado expresamente, puede utilizarse la que figure en el documento en el que se incluya la declaración (por ejemplo, la factura). Dentro de esos 12 meses, el importador debe presentar la declaración a las autoridades aduaneras del país de importación. Una declaración presentada fuera de plazo solo podrá aceptarse en circunstancias excepcionales o cuando las mercancías se hayan presentado a las autoridades aduaneras antes de que expirase dicho plazo, en particular en el marco de un procedimiento especial. La declaración puede elaborarse en el momento del envío de las mercancías o incluso después. El importador puede solicitar la aplicación de un derecho de aduana preferencial (es decir, reducido) no solo en el momento del despacho de aduana, sino también con carácter retroactivo, hasta 2 años desde la fecha de importación. La condición es que la declaración de origen se elabore y presente dentro de ese mismo plazo de dos años.

¿Y qué ocurre con la conservación de la documentación? El exportador debe conservar una copia de la declaración de origen y todos los documentos que acrediten el origen de la mercancía durante al menos 3 años desde la fecha de su elaboración. Por su parte, el importador conserva la documentación durante 3 años desde la fecha de importación del producto.

**¿Qué ocurre si la autoridad aduanera tiene dudas?**

Las autoridades aduaneras del país al que exportamos pueden iniciar un procedimiento de verificación sobre la base de un análisis de riesgos, en el marco de un control aleatorio o si albergan dudas sobre la autenticidad de la declaración o sobre el origen efectivo de las mercancías. ¿Cómo funciona en la práctica? Los servicios aduaneros del país importador se ponen en contacto con las autoridades aduaneras del país exportador y solicitan que se compruebe el asunto. Estas, a su vez, pueden exigir al exportador todas las pruebas pertinentes, revisar sus libros contables o llevar a cabo otros controles. Si, en un plazo de 10 meses desde el envío de la solicitud, la autoridad del país exportador no responde o la información facilitada resulta insuficiente, los servicios aduaneros del país importador pueden denegar la concesión de la preferencia arancelaria. Es importante señalar que esto puede ocurrir incluso cuando el propio exportador haya cooperado plenamente, pero su autoridad aduanera no haya respetado el plazo. El plazo de 10 meses puede prorrogarse si ambas partes así lo acuerdan, especialmente cuando haya muchas verificaciones o estas sean particularmente complejas.

**¿Qué pueden ganar las empresas polacas?**

El valor del comercio entre Polonia y los países del Mercosur ascendió a aproximadamente 4.000 millones de euros, si bien los datos comprenden el comercio de mercancías en 2024 y de servicios en 2023. El acuerdo prevé la supresión gradual de los derechos de aduana para el 91% de las mercancías exportadas desde la UE al Mercosur. ¿Quién puede beneficiarse más? En primer lugar, los exportadores de maquinaria y equipos eléctricos: en 2024, sus exportaciones desde Polonia ascendieron a 449 millones de euros, y los tipos arancelarios de base alcanzaban el 14-20%. También presentan un gran potencial los fabricantes de equipos de transporte (77 millones de euros en exportaciones, con tipos arancelarios de base del 14-35%), así como el sector químico y farmacéutico y los fabricantes de productos de caucho y plástico (tipos arancelarios de base del 14-18%). Para el sector agroalimentario polaco, que exporta mercancías por valor de 72 millones de euros, anteriormente sujetas a derechos del 27-55%, el acuerdo prevé reducciones. Otro mecanismo son los contingentes arancelarios aplicables a determinados productos sensibles importados del Mercosur a la UE.

También conviene saber que el acuerdo contiene la denominada cláusula de salvaguardia. Esto significa que, si las importaciones preferenciales procedentes del Mercosur empiezan a causar un perjuicio grave a la industria europea (incluida la polaca) o amenazan con causarlo, la UE puede suspender temporalmente o retirar las preferencias arancelarias.









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