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Una reforma para el empleo, el crecimiento y la equidad tributaria.

 | Expansión
Eduardo Abad Valdenebro

Es difícil no estar de acuerdo con los objetivos que el Gobierno ha mencionado como inspiradores de la tan esperada reforma fiscal. Es imprescindible la lectura de la “letra pequeña”, aplazada de momento hasta el próximo lunes, pero la presentación que ha preparado el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas sobre la reforma constituye toda una declaración de intenciones en materia tributaria.

 

En primer lugar, y como ya nos habían anticipado, no hay ni rastro de momento sobre la reforma de la imposición autonómica. Seguiremos esperando la definitiva supresión del Impuesto sobre el Patrimonio y, en su caso, la rumoreada “homogeneización” del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

En segundo lugar, una mínima referencia a las medidas de lucha contra el fraude. La publicación de las listas de morosos tiene defensores y detractores, pero cualquier medida que sirva para dar publicidad a la morosidad suele ser percibida de manera positiva por la mayoría de los contribuyentes. Por otra parte, el siempre alabado anuncio de un nuevo paquete de medidas que completa la normativa antifraude debe ser tomado con cautela. La frontera entre el comportamiento defraudador y la interpretación razonable de la norma tiene que quedar muy clara, y en los últimos tiempos se percibe una nada recomendable radicalización de las posturas de la Administración y de los contribuyentes en esta materia. Esperemos que las nuevas medidas sirvan para rebajar esta tensión.

Revisando las medidas concretas que se proponen, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se anuncia una rebaja media del 12,5 por 100 para todos los contribuyentes, insistiendo en que se mantiene la progresividad del impuesto y en que si usted obtiene “rentas medias y bajas” está de enhorabuena, porque la reducción será superior.

La reducción del número de tramos de los siete actuales a cinco, con unos tipos en la tarifa general de entre el 19 y el 45 por 100 en 2016 reduce por fin las diferencias con los países de nuestro entorno, pero no debe pasar desapercibido que el tipo del 45% se empezará a aplicar a partir de los 60.000 euros de renta (lo que en el año 2011 ocurría a partir de los 175.000 euros…)

Son elogiables las subidas de los mínimos familiares y las nuevas ayudas a la familia y a las personas con discapacidad (denominadas “impuestos negativos”), aunque se sigue echando de menos un verdadero “impuesto negativo” para quienes accedan por primera vez a un puesto de trabajo que incentive realmente el empleo en nuestro país.

Sobre la tributación del ahorro tenemos que esperar a tener más detalles. Una escala progresiva de tres tramos de entre el 19 y el 23 por 100 parece sensata, pero hay que analizar más despacio los nuevos incentivos al ahorro a cinco años. La exención de los rendimientos de estas inversiones no parece que vaya a compensar la disminución del límite máximo de aportaciones a planes de pensiones y parece que sólo se aplicará el beneficio para depósitos y seguros, dejando fuera inversiones como la renta fija, la renta variable y, por supuesto, la inversión inmobiliaria.

En el Impuesto sobre Sociedades, la reducción de tipos del 30 por 100 hasta el 28 por 100 en 2015 y al 25 por 100 en 2016 ha sido confirmada, pero se reconoce, sin concretar, la supresión de incentivos y deducciones (salvo las relativas al I+D+i). Confiemos en que determinados beneficios fiscales que fomentan la inversión empresarial, como los asociados al arrendamiento financiero, o los que tratan de atraer inversiones específicas a España, como la producción cinematográfica, no queden suprimidos con la reforma.

La posibilidad de no tributar por el 10% de la base imponible anual si se incrementan los fondos propios de las sociedades (“reserva de capitalización empresarial”) es una medida elogiable por cuanto trata de incentivar de forma positiva el reforzamiento de los fondos propios, aunque tendremos que esperar a ver si hay también un desincentivo (en ocasiones, injusto) a la deducibilidad de intereses procedentes de financiación ajena.

Las Pymes y los emprendedores mantienen sus tipos de gravamen y beneficios tan importantes como la libertad de amortización, y se anuncia la creación de un nuevo incentivo (la “reserva de nivelación”) que podrá generar la minoración de hasta un 10% adicional de la base imponible. Sólo se echa en falta alguna medida que fomente de forma directa una mayor creación de empleo en las Pymes.

En definitiva, la música de la reforma tributaria no suena mal. El lunes veremos si la letra acompaña a la música.