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Un paso más en la regulación del litoral

 | Diario Sur
Alicia Ruiz de Castro

El 2 de abril finalizó el trámite de información pública para alegaciones al proyecto de Real Decreto de desarrollo de la Ley de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, que se aprobó el 29 de mayo de 2013.

 

En la misma línea de la ley, el objetivo del reglamento es compatibilizar la protección de la costa con el desarrollo y promoción de la actividad económica y la generación de empleo, reforzando la seguridad jurídica de todos los agentes que intervienen en el litoral.

La importancia de esta norma en una Comunidad Autónoma de Andalucía, con más de mil km de costa, reclama una breve exposición de algunas de las novedades más relevantes.

Una de ellas es la modificación de los criterios técnicos para delimitar la zona marítimo terrestre; mientras que antes se extendía el dominio público hasta donde alcanzaran las olas en los mayores temporales conocidos, a partir de ahora será necesario además que ese límite se haya alcanzado en “al menos cinco ocasiones en un periodo de cinco años”.

Asimismo, el Proyecto revisa la intervención del Registro de la Propiedad y el Catastro en los deslindes del dominio público marítimo-terrestre.

Otra novedad consiste en la ampliación o prórroga de la duración de las concesiones administrativas otorgadas antes de mayo de 2013, en función de los usos. Por ejemplo, viviendas y actuaciones ambientales, hasta 75 años; infraestructuras de servicios urbanos, actividades sociales o comunitarias y dotacionales, hasta 50; instalaciones marítimas, 50, los negocios de restauración, 30. Asimismo, los concesionarios podrán permanecer en la costa otro periodo equivalente a una quinta parte más de esas prórrogas máximas en determinados supuestos: si además financian la regeneración de la playa, la defienden del cambio climático, llevan a cabo proyectos de eficiencia energética y de ahorro de agua, facilitan el uso público gratuito de la costa.

Por otro lado, el uso de las playas en tramo urbano para celebrar “eventos de interés general”, deberán ser declarados “de interés turístico” o tratarse de acontecimientos “deportivos o culturales que tengan repercusión nacional o internacional”.

Son muchas las alegaciones presentadas al Proyecto normativo, lo que invita a una lectura reposada de éste y de aquellas, para reflexionar sobre la nueva regulación, y determinar si representa un golpe a la sostenibilidad del litoral o un impulso a la recuperación económica.