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Se aprueban la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2013 y la Ley de medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y el impulso de la actividad económica

Además de las normas habituales de la Ley de Presupuestos anual (coeficientes correctores en IRPF e Impuesto Sobre Sociedades, pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, actualización de tasas e impuestos locales, actividades de mecenazgo), destaca la importante modificación del régimen de las SOCIMI o del régimen de Entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas (dirigida a la mejora de la tributación en dichos regímenes especiales y a su flexibilización), así como la regulación de una actualización de balances a un gravamen único del 5%; también se incrementa la tributación global –en el Impuesto sobre Sociedades y el IRPF- de las indemnizaciones por despido de cuantía elevada. Otras modificaciones destacables son:

(i) En el IRPF, la eliminación de la deducción por inversión en vivienda habitual, el nuevo gravamen de los premios de loterías, la modificación de la tributación de las alteraciones patrimoniales generadas en un año o menos, o la modificación de la valoración de las retribuciones en especie derivadas de la cesión del uso de vivienda o de la realización de contribuciones a seguros colectivos.

(ii) En el Impuesto sobre Sociedades, se limita temporalmente la amortización de activos, se modifica el régimen de arrendamiento financiero (eliminándose el régimen de autorización para la amortización anticipada en activos objeto de construcción); o se prórroga del tipo de gravamen super reducido para empresas pequeñas que mantengan empleo.

(iii) En el IVA destacan modificaciones de la normativa para continuar en la lucha contra la morosidad y en el IGIC, la modificación de numerosos artículos, en línea con recientes modificaciones ya habidas en el IVA.

(iv) Se actualizan las bases y se aprueban los tipos de cotización a la Seguridad Social para el año 2013.

Finalmente se modifican otras normas en materia administrativa y mercantil.