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Se aprueba el Modelo del Impuesto sobre Sociedades de 2012

En el BOE de 20 de mayo de 2013 se ha publicado la Orden HAP/864/2013, de 14 de mayo (http://www.boe.es/boe/dias/2013/05/20/pdfs/BOE-A-2013-5263.pdfAbre ventana nueva), por la que se aprueban los Modelos 200 y 220 (Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes -establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas extranjeras con presencia en España-) a utilizar para los impuestos correspondientes a los ejercicios iniciados en 2012.

En general, los modelos no cambian significativamente en relación con los del año anterior, si bien se adaptan a las numerosas modificaciones tributarias habidas durante 2012, como:

(i) nuevos ajustes a la base imponible como son los derivados de la limitación a la deducibilidad de gastos financieros,

(ii) medidas temporales que limitan en 2012 y 2013 el aprovechamiento de ciertos incentivos fiscales como la deducción por reinversión o el aprovechamiento de bases imponibles negativas, o

(iii) la actualización de balances.

Cabe recordar que, con carácter previo a la presentación de la declaración, puede ser necesario cumplimentar formularios específicos (si se disminuye el resultado contable en 50.000 euros o más en el apartado de “otras correcciones al resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias” o cuando el importe de las deducciones por reinversión de beneficios extraordinarios, por inversiones medioambientales o por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica generadas en el ejercicio sea igual o superior a dicho importe). Asimismo, y en caso de haberse acogido a la actualización de balances, se deberá, con carácter previo a la presentación de la declaración del Impuesto, haber efectuado la autoliquidación del Gravamen único de revalorización de activos.