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Resolución de 13 de octubre de 2016, relativa al procedimiento y condiciones para la participación telemática en procedimientos de enajenación de bienes en el portal de subastas de la AEBOE

El 28 de octubre de 2016 se ha publicado en el BOE la Resolución de 13 de octubre de 2016, conjunta de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la participación por vía telemática en procedimientos de enajenación de bienes a través del Portal de Subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (Portal de Subastas de la AEBOE).

El objeto de la Resolución es regular el procedimiento y las condiciones necesarias para la participación telemática en los procedimientos judiciales y notariales de enajenación de bienes, a través del Portal de Subastas a que se refieren la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria y la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil por la que se modificó la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Se establecen las condiciones necesarias para participar en los referidos procedimientos de enajenación, tanto en calidad de licitador, como de entidad de crédito; el modo de proceder para la constitución, devolución e ingreso de los depósitos constituidos; y el procedimiento por el que la Agencia Tributaria pagará a los órganos competentes y titulares de los procedimientos de subasta.

La Resolución ha entrado en vigor al día siguiente de su publicación. En cuanto a su aplicación a procedimientos administrativos de enajenación de bienes queda supeditada a la aprobación de las normas correspondientes de adaptación de la regulación al actual sistema de subasta electrónica a través del Portal de Subastas de la AEBOE.

Puede consultarse el texto íntegro de la resolución en el siguiente enlace: http://www.boe.es/boe/dias/2016/10/28/pdfs/BOE-A-2016-9890.pdf