Real Decreto-Ley 11/2017: configuración jurídica de los valores “senior non preferred” de entidades de crédito
Comentario Mercado de Valores 1-2017
![](/sites/default/files/noticias/img/cabecera-comentario_7.jpg)
Con fecha 24 de junio de 2017, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (“BOE”) el Real Decreto-ley 11/2017, de 23 de junio, de medidas urgentes en materia financiera (“RDL 11/2017”). Este RDL 11/2017 recoge una serie de medidas de carácter urgente en relación con el sector financiero, centrándonos en este comentario en la configuración jurídica necesaria para que las entidades de crédito y empresas de servicios de inversión emitan las nuevas obligaciones llamadas en inglés “senior non preferred”.
El RDL 11/2017 entró en vigor el pasado domingo 25 de junio.
- 1. REQUISITOS MÍNIMOS DE FONDOS PROPIOS Y PASIVOS ADMISIBLES
- 2. CARÁCTERÍSTICAS DE LOS VALORES “SENIOR NON PREFERRED
Profesionales de contacto
![](/sites/default/files/styles/medium/public/team/photo/10000114.jpg?itok=O_1npB0w)
![Foto del socio](/sites/default/files/styles/medium/public/team/photo/gonzalo_garcia-fuertes_iglesias_en_20240402.jpg?itok=dohyOAet)