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Principales novedades de la Ley de Medidas Tributarias de la Comunidad Autónoma de Aragón

Comentario Fiscal Comunidad Autónoma Aragón 1-2015

Con fecha 31 de diciembre de 2014 se publicó en el Boletín Oficial de Aragón la Ley 14/2014, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, (la “Ley”) cuya entrada en vigor se ha producido el 1 de enero de 2015.

Algunas de las novedades más destacables, incluidas en el apartado de medidas fiscales de la Ley, son las siguientes:

(i) En el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (“IRPF”) debe destacarse la reducción de los tipos de gravamen aplicables a la parte autonómica de la base liquidable general del impuesto.

(ii) En el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (el “ISD”) se eleva del 50 al 65 por 100 el porcentaje de bonificación que, desde el 1 de enero de 2015, los sujetos pasivos incluidos en los Grupos de parentesco I y II pueden aplicar en la cuota tributaria derivada de adquisiciones inter vivos y mortis causa. No obstante, como se detallará con posterioridad, desaparece cualquier mención, en el Preámbulo o, como ocurría con anterioridad a 2014, en el propio articulado de la Ley, al posible incremento futuro del porcentaje de estas bonificaciones.

(iii) Es igualmente destacable la habilitación al Consejero competente en materia de Hacienda para que, mediante Orden, adopte las medidas necesarias para la aplicación de las reducciones relativas a la liquidación de la fiducia sucesoria, garantizando los principios de justicia tributaria, igualdad, generalidad, proporcionalidad y equidad distributiva de la carga tributaria entre los obligados tributarios, en el supuesto de que una modificación normativa estatal afectase a la condición de contribuyente y a la liquidación de la fiducia sucesoria por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

En relación con este último punto, es necesario recordar que tras la reciente “reforma fiscal” todavía no se ha abordado la reforma del Impuesto sobre Sucesiones y donaciones, a pesar de que el informe de la Comisión de expertos para la reforma del Sistema Tributario Español incluía recomendaciones en este sentido.