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Novedades Litigación y Arbitraje 2-2012

LEY 5/2012, DE 6 DE JULIO, DE MEDIACIÓN EN ASUNTOS  CIVILES Y MERCANTILES

Con fecha 6 de julio de 2012 se ha aprobado la Ley 5/2012 de Mediación en asuntos civiles y mercantiles (publicada en el BOE el 7 de julio de 2012), tras la tramitación parlamentaria del Real Decreto-Ley 5/2012, de 5 de marzo de 2012, dictado sobre la misma materia.
 
La referida Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE, esto es, el próximo 27 de julio, derogándose en virtud de la misma el Real Decreto-Ley 5/2012, de 5 de marzo de 2012, de Mediación en asuntos civiles y mercantiles.

1. Con carácter general, la Ley mejora la redacción de algunos artículos del Real Decreto-ley, presisando los siguientes extremos:

1.1 Disposiciones Generales
1.2 Principios Informadores
1.3 Estatuto del mediador
1.4  Procedimiento de mediación
1.5 Ejecución de los acuerdos
1.6  Disposiciones Adicionales y finales

2. Modificación de la Ley 1/2000 de enjuiciamiento civil, de 8 de enero (en adelante LEC):

2.1 Modificación del artículo 438.3 LEC
2.2. Modificación del artículo 440 LEC, relativo al traslado de la demanda sucinta en el juicio verbal
2.3  Modificación del artículo 443 LEC, relativo al desarrollo de la vista en el juicio verbal
2.4  Modificación del artículo 548 LEC, relativo al plazo de espera de la ejecución de resoluciones procesales, arbitrales o de acuerdos de mediación