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Novedades Administrativo 6-2013

Proyecto de Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración local

El pasado 6 de septiembre se publicó, en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, el acuerdo adoptado por la Mesa del Congreso de los Diputados por el que se tomaba razón del Proyecto de Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración local aprobado por el Consejo de Ministros de 26 de julio de 2013. En la actualidad el texto del Proyecto de Ley está en fase de enmiendas ante la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas.

Según se recoge en la Exposición de Motivos del texto del Proyecto de Ley, dicha norma viene a dar cumplimiento al mandato dispuesto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad financiera de adaptar la normativa básica en materia de Administración local a las exigencias derivadas de la aplicación de los principios de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera o eficiencia en el uso de los recursos públicos.

Con tal premisa, el nuevo Proyecto de Ley acomete una profunda revisión del conjunto de disposiciones relativas al estatuto jurídico de la Administración local con cuatro objetivos básicos: (i) clarificar las competencias municipales para evitar duplicidades con otras Administraciones Públicas a fin de lograr el cumplimiento del principio “una Administración, una competencia”; (ii) racionalizar la estructura de la Administración local conforme a los principios de eficiencia, estabilidad y sostenibilidad financiera; (iii) garantizar un control financiero y presupuestario más riguroso y (iv) favorecer la iniciativa económica privada evitando intervenciones administrativas desproporcionadas.

Para el cumplimiento de tales objetivos, se lleva a cabo una importante reforma de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local tanto en lo que se refiere al número de preceptos a los que se da nueva redacción como a los nuevos preceptos introducidos. De igual forma, el Proyecto de Ley modifica, aunque en menor medida, la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, e incidentalmente, el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril así como la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible. Por último, el Proyecto de Ley introduce una nueva Disposición Adicional (la 20ª) en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el que, se introduce un nueva regulación del régimen jurídico de los consorcios.

El proyecto de Ley cuenta además con quince Disposiciones Adicionales, diez Disposiciones Transitorias, una Disposición Derogatoria Única y cinco Disposiciones Finales que hacen referencia, entre otros aspectos, a los títulos competenciales y a su inmediata entrada en vigor (no se contempla “vacatio legis”, estando prevista su entrada en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado).

1. LA REFORMA DE LA LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DEL RÉGIMEN LOCAL

1.1 Redefinición de las competencias de los municipios

1.2 Reforzamiento del papel de las Diputaciones Provinciales y entidades equivalentes

1.3 Límites a la utilización de los consorcios y redimensionamiento del sector público local

1.4 Mayor control y supervisión financiera sobre los municipios y entes locales

2. PRINCIPALES CAMBIOS EN LA LEY DE HACIENDAS LOCALES

3. MODIFICACIÓN DE LA LEY 2/2011, DE 4 DE MARZO, DE ECONOMÍA SOSTENIBLE

4. MODIFICACIÓN DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS