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Newsletter Tributario - Mayo 2023

España - 

Los activos por impuesto diferido asociados a provisiones internas que cubren compromisos con jubilados o prejubilados pueden ser monetizados

Según el Tribunal Supremo, la ley no exige que los compromisos por pensiones estén externalizados, sino solo que respondan al objeto, naturaleza y finalidad de mejorar las prestaciones del sistema de Seguridad Social en beneficio de los trabajadores. Además, confirma que este derecho de monetización no se limita a los compromisos por jubilación, sino que también se extiende a los relativos a prejubilaciones.

El cónyuge que ha abandonado el domicilio por separación, divorcio o nulidad del matrimonio puede aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual

El contribuyente que hubiera abandonado la vivienda habitual con motivo de la separación, divorcio o nulidad de su matrimonio, podrá aplicar la exención por reinversión en el IRPF cuando dicha vivienda se transmita, si el otro cónyuge cumple el requisito de ocupación efectiva en el momento de la operación o en cualquier día de los dos años anteriores, según el Tribunal Supremo.

Se debe reducir la cuota del IAE por el período en el que las empresas estuvieron obligadas a paralizar su actividad como consecuencia del estado de alarma

El Tribunal Supremo concluye que la paralización de la actividad derivada de la declaración del estado de alarma durante la pandemia no determinó la inexistencia del hecho imponible del IAE, porque cuando se inició ya se había devengado el impuesto. No obstante, las empresas tienen derecho a que la cuota del impuesto se reduzca proporcionalmente por el período de inactividad, siempre que la paralización fuera plena.

Para calcular el perjuicio económico en la graduación de sanciones, se debe utilizar el concepto de cuota líquida y no el de cuota diferencial

El Tribunal Supremo confirma que el perjuicio económico a tener en cuenta para graduar las sanciones tributarias se debe calcular considerando la proporción entre la base de la sanción y la cuota líquida (no la diferencial) del tributo, es decir, sumando en el denominador las retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados realizados durante el ejercicio.

Las autoliquidaciones practicadas utilizando un criterio procedente de un TEAR no quedan amparadas por la confianza legítima

El TEAC afirma en una nueva resolución que la doctrina sentada en sus resoluciones dictadas en unificación de criterio vincula a los órganos de aplicación de los tributos también respecto de situaciones pasadas no prescritas cuando no aplique la confianza legítima. Esta confianza legítima no concurre por el hecho de que el contribuyente se amparara en una resolución de un tribunal económico-administrativo regional (más aún si la DGT había emitido consultas vinculantes en sentido contrario).

Se limita aún más la deducibilidad de los gastos financieros en el Impuesto sobre Sociedades; y se modifica el régimen de reducciones de los rendimientos por el alquiler de viviendas en el IRPF

Las leyes 13/2023 y 12/2023 de 24 de mayo, publicadas en el BOE de 25 de mayo, han introducido importantes modificaciones en el IRPF, el Impuesto sobre Sociedades, el IVA o la Ley General Tributaria, entre otras. Destaca la introducción de una nueva limitación a la regla general de deducibilidad de los gastos financieros en el Impuesto sobre Sociedades, consistente en establecer que el beneficio operativo sobre el que se calculará el importe deducible no incluirá gastos, rentas o ingresos que no se hayan integrado en la base imponible (por ejemplo, dividendos y ganancias por ventas de participaciones). Además, en el IRPF, y con motivo de la aprobación de la Ley de Vivienda, se modifica sustancialmente el régimen de reducciones a aplicar en el cálculo del rendimiento neto derivado del arrendamiento de viviendas, dejando la reducción general en el 50% (antes 60%) para contratos suscritos desde la entrada en vigor de la ley (que, a estos efectos, se sitúa en el 1 de enero de 2024).

 

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