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Newsletter Fiscal - Septiembre 2014

El artículo 11 del Real Decreto 1382/1995 que regula la relación de alta dirección prevé que un contrato laboral de alta dirección puede extinguirse por desistimiento del empresario, tras el correspondiente preaviso, en cuyo caso el alto directivo tendrá derecho a las indemnizaciones pactadas en el contrato y, a falta de pacto, a 7 días del salario en metálico por año de servicio con el límite de 6 mensualidades. En caso de despido basado en el incumplimiento grave y culpable del alto directivo, si el despido es declarado improcedente se estará a las cuantías pactadas, siendo en su defecto la indemnización de 20 días de salario en metálico por año de servicio, hasta un máximo de 12 mensualidades.

Partiendo de que este artículo permite pactar en contra de las indemnizaciones de 7 o 20 días indicadas, viene siendo doctrina reiterada que las indemnizaciones de altos directivos no están exentas de IRPF (salvo en caso de despidos objetivos), porque la posibilidad de pacto excluye que se considere que hay un importe mínimo obligatorio de indemnización. Esta doctrina deriva de una conocida sentencia de la Sala Tercera (contencioso-administrativa) del Tribunal Supremo de 21 de diciembre de 1995, que a su vez se remite a otra Sentencia del mismo Tribunal (pero de su Sala Cuarta –social–).

No obstante, el propio Tribunal Supremo (Sala Cuarta), en una reciente Sentencia de 22 de abril de 2014 (que comentamos en este boletín) en recurso de casación para la unificación de doctrina, se enfrenta de nuevo al referido artículo 11 y concluye que este artículo debe interpretarse en el sentido de que la indemnización de 7 días con un máximo de 6 mensualidades (se entiende que también la de 20 días antes mencionada) es la mínima y obligatoria según la normativa laboral sin que quepa pacto en contrario que reduzca o elimine esa indemnización, pudiendo el pacto al que se refiere el precepto modificar esa indemnización solo para incrementarla desde esa cuantía mínima e indisponible.

Esta Sentencia (que, como se ha indicado, es de la Sala cuarta) supone un vuelco a la doctrina tradicional y, necesariamente, debe afectar a la doctrina contencioso-administrativa en la materia, dado que es la normativa laboral, no la fiscal, la que establece las indemnizaciones a satisfacer en casos de despido o cese del alto directivo.

ÍNDICE

I. Sentencias

  • 1. Impuesto sobre Sociedades.- Aplicación preferente de la norma de adquisición de acciones propias para su posterior amortización sobre las específicas de operaciones de permuta (Tribunal Supremo. Sentencia de 25 de junio de 2014)
  • 2. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.- Los altos directivos tienen derecho legal a una indemnización mínima por despido o cese (Tribunal Supremo. Sala de lo Social. Sentencia de 22 de abril de 2014)
  • 3. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.- El ISD es contrario a la libre circulación de capitales en aquellos casos en que exista un elemento no residente (Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Sentencia de 3 de septiembre de 2014 en el Asunto C-127/12)
  • 4. Procedimiento de Inspección.- Hay cosa juzgada administrativa si se llevó a cabo una comprobación previa que finalizó sin formalizar acta (Audiencia Nacional. Sentencia de 28 de mayo de 2014)
  • 5. Procedimiento sancionador.- Posibilidad de obtener en ejecución de sentencia la reducción del 25% si se manifiesta conformidad con la declaración de responsabilidad (Audiencia Nacional. Sentencia de 28 de abril de 2014)
  • 6. Procedimiento de revisión.- La Administración puede y debe comprobar en cualquier fase administrativa si se ha producido una duplicidad en el pago y proceder a su regularización (Audiencia Nacional. Sentencia de 23 de junio de 2014)

II. Resoluciones y consultas

  • 1. Impuesto sobre Sociedades.- Aclaración de diversas dudas sobre el régimen de DTA (Dirección General de Tributos. Consulta V2212-14, de 8 de agosto de 2014)
  • 2. Impuestos sobre Sociedades.– La existencia de contraprestación desvirtúa el ánimo de liberalidad de una donación (Dirección General de Tributos. Consulta V1503-14, de 9 de junio de 2014)
  • 3. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. – La reducción del 40% para rescates de planes de pensiones en forma de capital se si es pago único (Dirección General de Tributos. Consulta V1626-14, de 24 de junio de 2014)
  • 4. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.– En la transmisión de una vivienda heredada y no declarada en el Impuesto sobre Sucesiones el valor de adquisición es el de mercado a la fecha de fallecimiento del causante (Dirección General de Tributos. Consulta V1522-14, de 10 de junio de 2014)
  • 5. Varios impuestos.– Tratamiento de los préstamos participativos (Dirección General de Tributos. Consulta V1511-14, de 9 de junio de 2014)
  • 6. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.- El parentesco por afinidad subsiste aunque fallezca la persona que origina ese vínculo (Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 8 de julio de 2014)
  • 7. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.– En caso de sociedades con valor negativo, se tomará como valor mínimo cero (Dirección General de Tributos. Consulta V1588-14, de 20 de junio de 2014)
  • 8. Procedimiento recaudatorio.- El recargo por presentación extemporánea no es sancionador, pudiendo solo evitarse en caso fortuito o fuerza mayor (Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 17 de julio de 2014)
  • 9. Procedimiento recaudatorio.- Los intereses de demora en caso de compensación del ingreso indebido con otras deudas se calculan desde la realización del ingreso indebido hasta que se acuerde la compensación (Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 3 de julio de 2014)
  • 10. Procedimiento económico-administrativo.- La inadmisión de las pruebas testificales y oculares y las declaraciones de parte no causa indefensión en el procedimiento económico-administrativo (Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 17 de julio de 2014)
  • 11. Procedimiento de ejecución.- El plazo máximo de finalización de actuaciones en caso de retroacción no aplica a los procedimientos sancionadores (Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 17 de julio de 2014)

III. Normativa

  • 1. Modelo 347 de operaciones con terceras personas; y modelo 180 de «Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. Resumen anual»
  • 2. Tablón Edictal Único a través del BOE
  • 3. Identificación telemática ante las entidades colaboradoras para el pago de deudas
  • 4. Modelo 187 de declaración informativa de acciones o participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta
  • 5. Modelos de avales otorgados por las entidades de crédito y por las sociedades de garantía recíproca para la Administración Tributaria
  • 6. Campeonato del Mundo de Ciclismo en Carretera “Ponferrada 2014”

IV. Otros

  • 1. Convenio de Doble Imposición entre España y Estados Unidos: “Technical Explanation” del Protocolo
  • 2. Proyectos de reforma fiscal – principales novedades en relación con los anteproyectos previos
  • 3. Modelo de Convenio de Doble Imposición de la OCDE: Actualización de 2014