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Los dividendos “obligatorios” han vuelto

El artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital (“LSC”), ha recobrado vigencia desde principios de año. Su reactivación supone abrir la posibilidad a los socios de sociedades de exigir el reparto de, al menos, un tercio del beneficio propio de la explotación del objeto social y, en caso de ser negada dicha distribución, de separarse de la sociedad transmitiendo su participación a valor razonable.

La introducción de este nuevo precepto en la LSC puede suponer un cambio radical en el enfoque de las relaciones entre la sociedad y sus socios minoritarios y genera múltiples interrogantes.

Con el objetivo de resolver estas preguntas, la oficina de Valencia ha acogido hoy la jornada con el título Los dividendos “obligatorios” han vuelto en la que se han estudiado las diferentes implicaciones relacionadas con la aplicación de este controvertido derecho de separación. Además, se han analizado desde un punto de vista práctico, las nuevas obligaciones que deben asumir las sociedades y los nuevos riesgos a tener en cuenta.

Los profesionales de Garrigues, Lucía Segarra (asociada senior) y Enrique Colomer (asociado principal), del departamento de Derecho Mercantil, han ejercido como ponentes.