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La suerte se compartirá con Hacienda

 | Diari de Tarragona
Mònica Rendé Pérez

Hasta ahora los premios gestionados por Loterías y Apuestas del Estado (Primitiva, Euromillones, Bonoloto o Quiniela), así como los repartidos por la Cruz Roja o la ONCE estaban exentos de tributación porque así lo establecía la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el apartado ñ de su artículo 7.

 

Sin embargo, entre otras medidas tributarias que el Ejecutivo tiene previstas para consolidar las finanzas públicas y, de este modo, corregir lo antes posible los principales desequilibrios que afectan a la economía española, así como reducir el déficit público, se encuentra la creación de un gravamen especial para los premios (tanto dinerarios como en especie) superiores a 2.500 euros obtenidos durante los ejercicios 2013 y 2014.

En contrapartida, se permitirá compensar las pérdidas en otros juegos como el bingo o las apuestas por internet (que tributan en la base imponible general al tipo marginal y seguirán haciéndolo) con los beneficios en esos juegos (y hasta el límite de las ganancias) de manera que sólo tribute la ganancia neta.

El gravamen especial será del 20% y se aplicará sobre la parte del premio que exceda los 2.500 euros. La exención de los 2.500 euros aplicará siempre que la apuesta fuera, como mínimo, de 1 euro (si la apuesta fuera inferior a 1 euro, la cuantía exenta se reduciría de forma proporcional). Adicionalmente, remarcar que dicho tope de 2.500 euros para no tributar se aplicará al premio, con independencia del número de beneficiarios. Por tanto, si el premio fuera de titularidad compartida, la cuantía exenta se prorrateará entre los cotitulares en función de la cuota que les corresponda. Del mismo modo, la base imponible se prorrateará entre los cotitulares del premio en función de su cuota de participación.

El devengo se producirá en el momento en que se satisfaga o abone el premio obtenido, debiendo practicarse una retención o ingreso a cuenta, que tendrá carácter liberatorio de la obligación de presentar una autoliquidación por el mismo. Así, el beneficiario del premio no deberá pagar el impuesto en su declaración sino que cuando reciba el premio ya le será retenida la parte a ingresar y compartir con la Administración Tributaria.

El sorteo del Gordo de Navidad del 2012 será, por tanto, el último en que los premiados no tendrán que compartir su suerte con Hacienda. Será quizás un factor a tener en cuenta a la hora de comprar durante estas fechas o bien boletos para el sorteo del Gordo, o bien para el sorteo del Niño puesto que, en su caso, al premio derivado de este segundo le resultará de aplicación el nuevo gravamen especial.