Publicaciones

Garrigues

ELIGE TU PAÍS / ESCOLHA O SEU PAÍS / CHOOSE YOUR COUNTRY / WYBIERZ SWÓJ KRAJ / 选择您的国家

La Seguridad Social fiscalizará los conceptos retributivos abonados (CRA) a los trabajadores

 | La Verdad de Murcia
Francisco Javier Rojas Aragón

El Real Decreto-Ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y favorecer la empleabilidad de los trabajadores, introduce novedades de gran relevancia en la cotización a la Seguridad Social.

 

Por un lado, incluye dentro de la base de cotización conceptos que hasta ahora no integraban la misma, como el plus de transporte, primas de seguro por accidente o las mejoras de las prestaciones distintas a la incapacidad temporal.

Por otra parte, se establece una nueva obligación a la hora de gestionar los seguros sociales a través del sistema RED mediante la comunicación de conceptos retributivos abonados (fichero CRA), que debe realizarse periódicamente, junto a los demás trámites que las empresas deben realizar en la Seguridad Social.

A fin de regularizar los importes que se derivaban de esta reforma desde la entrada en vigor del Decreto, el Legislador concedió un plazo para efectuar las liquidaciones complementarias.

Ante la complejidad de la tramitación del fichero y las dudas sobre la incorporación o no de determinados conceptos salariales, como la utilización del coche de empresa, los tickets-restaurante, ayudas sociales a trabajadores o determinados gastos de manutención, este plazo de regularización se ha visto modificado en diversas ocasiones a lo largo del presente año. Así, si inicialmente vencía el 31 de mayo, posteriormente se prorrogó al 31 de julio y definitivamente al pasado 30 de septiembre en sucesivas disposiciones.

Transcurridos ya varios meses desde que la medida entró en vigor del Real Decreto-Ley y una vez que ha finalizado el último período de prórroga, es recomendable que las empresas revisen la incidencia que esta reforma ha tenido en su sistema retributivo a fin de evitar sanciones o liquidaciones con recargos e intereses de demora.