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La regularización fiscal: una buena decisión

 | Expansión

Hay tiempos en los que el gobernante tiene que tomar decisiones en la más absoluta soledad, a sabiendas de la incomprensión ciudadana y de su impopularidad. Bien lo saben anteriores gobiernos que aprobaron medidas parecidas a la que ahora nos ocupa. La regularización fiscal aprobada por el Gobierno mediante el RDL 12/2012 es un buen ejemplo de estas situaciones, por lo que, ante la práctica unanimidad en su rechazo, queremos justificar por qué consideramos que la medida es oportuna y elogiable.

 

En primer lugar, lo que parece que muchos comentaristas olvidan es que nuestro ordenamiento tributario y penal contiene un sistema de regularización espontánea permanente, lo que, unido a unos plazos de prescripción que hay que calificar de muy cortos para los que juegan con la ocultación de rentas y patrimonios, permite al defraudador vivir confortablemente instalado en la certeza de que si consigue escapar del radar de la Agencia Tributaria durante cinco años, la regularización se limitará al pago de los impuestos sobre el rendimiento de los periodos no prescritos y, en su caso, al pago del Impuesto sobre el Patrimonio. Y siempre con la garantía de que si las cosas se tuercen será posible presentar rápidamente unas declaraciones complementarias que alejen el riesgo de persecución penal o de sanciones tributarias.

Pagos moderados

 Así, nadie puede sorprenderse de que en los dos últimos años, los contribuyentes que han regularizado su situación mediante el procedimiento ordinario de declaraciones complementarias se hayan puesto al día con pagos muy moderados de impuestos que, por lo general, no superaban un coste del 5% del patrimonio aflorado (en especial, inversiones financieras no declaradas). Sin embargo, este proceso de preparación y presentación de declaraciones complementarias es complejo y requiere, normalmente, de la realización de trámites burocráticos que demoran el pago efectivo de las cuotas liquidadas. Además, no está exento de incertidumbres por las dificultades prácticas de toda regularización de ejercicios pasados.

El plan del Gobierno no es solamente la introducción de un procedimiento especial de regularización fiscal que resulte más ágil y más costoso, en general, para el contribuyente (recordemos que el tipo aprobado por la norma es del 10%). El Gobierno incorpora además a nuestro Derecho Tributario la eliminación del sistema ordinario de declaraciones complementarias para aquéllos que no informen sobre sus inversiones exteriores. Ésta es la verdadera noticia, revolucionaria en el plano técnico y audaz en lo político, que, según su desarrollo en el Anteproyecto de Ley de intensificación de las actuaciones de prevención y de lucha contra el fraude, situará a todos aquellos que tengan patrimonios no declarados en el extranjero ante la amenaza de tener que tributar al tipo más elevado del IRPF, con sanciones del 150%, si la Administración llegara a descubrirlos, y sin que este riesgo prescriba nunca. En resumen, aquel que no declare estos patrimonios situados en el extranjero sabe que, a partir del año 2013 los perderá en caso de ser descubierto, por lo que el incentivo a regularizarlos a lo largo del año 2012 es muy poderoso.

Pero la regularización fiscal es injusta, se objeta, y con razón. A lo que sólo podemos responder con dos argumentos. El primero, que problemas tan enquistados como éste sólo se resuelven con planteamientos excepcionales que siempre entrañan un cierto trato de favor a los incumplidores que hay que reintegrar en el redil. El segundo, que países tan serios como Alemania han puesto en práctica medidas similares, siguiendo las recomendaciones sobre la materia de instituciones tan poco sospechosas como la OCDE. Por cierto, si nos miramos en el espejo germánico recordemos, por un momento, que en términos estadísticos parece (pues por definición nadie tiene cifras exactas) que los alemanes habían ocultado patrimonio en bancos extranjeros en cantidades tan elevadas como las de países teóricamente menos "serios".

Una reflexión final. Un efecto favorable del proceso de regularizaciones, difícil de medir, pero real, es que los titulares de estos patrimonios inyectan liquidez en el sistema y recuperan la posibilidad de utilizarlos en España, para realizar nuevas inversiones o para el consumo, lo que nos obliga a referirnos a un asunto escabroso. En España, la evasión fiscal habría generado el atesoramiento de billetes de 500 y de 200 euros en cantidades muy elevadas. En una primera estimación, comparando el porcentaje de estos billetes en España con el peso de España en el PIB europeo, podríamos hablar de un "exceso" de 30.000 millones de euros. Ahora bien, ¿qué significa este ahorro en el colchón en términos monetarios? Seguramente, que los bancos españoles verían mejorada su liquidez en el mismo importe cuando los ahorradores del colchón depositaran estos billetes en cuentas bancarias, pues este depósito sería una condición ineludible de la regularización de los billetes. No sería mala idea que el Ministerio de Hacienda aclarara que la regularización es aplicable a estos patrimonios ocultos. Si esto ocurriera, los tenedores de estos billetes deberían pensar que llegará el día en que tendrán que canjearlos o depositarlos sin trato fiscal de favor y decidir en consecuencia.