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La reforma de ayuntamientos y otras entidades locales

 | Expansión
Pedro Mª García Capdepón

El Ministro Montoro ha informado ante el Consejo de Ministros del 15 de febrero el anteproyecto de Ley de racionalización y sostenibilidad de las Entidades locales, sustancialmente inspirado en las recomendaciones del último informe del Tribunal de Cuentas sobre el Sector público local. Es el paso previo para su remisión a las Cortes, una vez descartado el pacto entre los principales Partidos políticos, dado el actual clima de crispación política.

 

La reforma es de calado. Uno de sus principales vectores consiste en racionalizar la estructura de la Administración local. La eficacia (y su correlativa, la eficiencia) en la actuación administrativa es una exigencia de los tiempos actuales, y un principio constitucional básico del funcionamiento de las Administraciones públicas. Debe impregnar la estructura administrativa pero ha sido poco efectivo porque depende del establecimiento de unos “ratios” o “indicadores” y unos objetivos, que hasta ahora no existían. Con su aprobación, se podrá evaluar los servicios municipales y se podrá reasignar a la Diputación los servicios mínimos de los Municipios menores de 20.000 habitantes cuando sus Ayuntamientos no los presten adecuadamente. Sabemos que el tamaño de la mayoría de los Municipios españoles no es adecuado para una gestión eficaz de la mayoría de los servicios locales, por ejemplo la recogida domiciliaria de basuras. La Unión Europea lo cifra precisamente en 20.000 habitantes. Así las cosas, el Gobierno, ante la evidencia de las dificultades financieras de los Ayuntamientos y previendo que los análisis de muchos servicios darán un resultado insuficiente, debía elegir entre obligar a la fusión de Municipios pequeños, o desapoderar de la prestación de sus servicios a quienes no cumplan con los mínimos establecidos. La solución escogida es la más respetuosa con la autonomía local. Esto mismo se va a exigir a las Mancomunidades y Entidades locales menores aunque con apercibimiento de disolución.

El tema más polémico, curiosamente, a la vista de las primeras reacciones, ha sido la limitación de las retribuciones de altos cargos y la disminución del número de concejales y de personal de confianza. Podría ser un nuevo episodio de colisión entre el interés de los “aparatos” de los partidos políticos y la lógica económica y social más básica. Pocos ciudadanos considerarán admisible que algunos Alcaldes o Presidentes de Diputación tengan más sueldo que el Presidente del Gobierno y tampoco se explica fácilmente la necesidad de un batallón asesores de confianza en los gabinetes. Lo primordial no debería ser tanto tener plazas reservadas para militantes del partido en el gobierno como de cumplir la tarea de gobernar con los recursos humanos disponibles. Hay que reducir el gasto local… y estatal y autonómico.

Pero el grueso de la reforma, y su aspecto más controvertido, es la disminución de las competencias de los Ayuntamientos, que bajo el lema de “una Administración, una competencia”, pretende ahorrar 5.600 millones de euros entre 2013 y 2015. Las noticias oficiales justifican esta eufemística “clarificación” en que son “impropias” de los Ayuntamientos las competencias en sanidad, servicios sociales y educación pero la verdad es que, al día de hoy, son competencias municipales propias, aunque concurrentes con las competencias autonómicas. El objetivo es, en realidad, que sean exclusivas de las Comunidades autónomas.

Pues bien, esta centralización sólo tiene sentido si va a mejorar la gestión y no podemos pasar por alto que los datos de solvencia y liquidez de las Entidades locales no son peores, en general, que los de muchas Comunidades Autónomas y en cuanto a endeudamiento, la relación entre deuda y gasto también es favorable a las Entidades locales. Ello exige al Gobierno una detallada justificación de esta medida. No creo, sinceramente, que todos fueran gastos superfluos y debidos al “vedetismo” de las autoridades municipales. Nadie justifica esa centralización, lo cual podría admitirse cuando fuese una obviedad y no lo es. Tampoco lo hizo el informe del Tribunal de Cuentas que recomendó tal limitación competencial, pues no le dedicó ni una sola de sus conclusiones. Me figuro que cada cual tendrá su opinión pero será apodíctica.

Por las noticias oficiales parece que el anteproyecto recogerá la preferencia por la gestión directa de los servicios públicos, excediendo la propuesta del Tribunal de Cuentas. En todo caso es sorprendente. No tanto porque muchos pensemos que la colaboración público-privada es, en general, más eficiente que la gestión directa para la realización de actividades económicas, por más que últimamente se hayan escuchado críticas basadas en el simple, demasiado simple, argumento de que los beneficios empresariales se obtienen con la disminución de la calidad de las prestaciones y ello no es evidente en absoluto. Resulta sorprendente, sobre todo, porque no hace falta establecer esta preferencia. Desde 1955 las Entidades locales tienen que justificar con estudios e informes cuál es el mejor modo de gestión para cada servicio público que prestan. Para aumentar la eficiencia bastará con exigir que esos expedientes de “municipalización” de actividades se tramiten adecuadamente y sería bueno, en mi opinión, que se actualizase esa elección inicial con evaluaciones cada cierto tiempo y que se controlase mejor la ejecución de los contratos. Esperemos a la versión definitiva.