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La prisión perpetua y el drama de la falta de justicia

 | La República
José Miguel de la Calle Restrepo (socio del dpto. Administrativo Colombia)

El asesinato de la niña Yuliana Samboní ha vuelto a despertar el debate sobre la necesidad de incluir en nuestro ordenamiento jurídico la pena de prisión perpetua (inadecuadamente llamada cadena perpetua) para los delitos de abuso sexual y otros crímenes atroces. La sanción de pérdida permanente de la libertad está establecida en muchos países, siendo Estados Unidos el país que con mayor frecuencia impone a los delincuentes esta medida extrema (se calcula que hoy en día en las cárceles estadounidenses permanecen más de 150.000 reos condenados bajo esa modalidad).

En Colombia, la máxima condena es de 60 años y varios abusadores sexuales y asesinos han sido condenados a penas superiores a los 30 años de prisión, lo que para muchos puede ser suficiente, aún frente a casos tan dolorosos como los recientemente vividos por nuestra sociedad.

Sin embargo, el primer problema radica en que muchas veces esas condenas abultadas se van diluyendo con rebajas de penas y otras medidas como la libertad condicional y la casa por cárcel, a un punto que ya resulta inadmisible.

Por ello, es muy válido evaluar con cabeza fría y con sustento técnico si resulta apropiado para nuestro país que incorporemos la prisión perpetua para algunos de los delitos más graves y según las circunstancias de los hechos o, al menos, la posibilidad de prohibir para ciertos delitos -y sin excepción alguna- la reducción del tiempo efectivo de prisión, eliminando de tajo todas los beneficios punitivos que se utilizan para disminuir los años de cárcel.

El segundo problema, más agudo y estructural, consiste en que nuestro sistema judicial es alarmantemente ineficiente, lo que ayuda a que la gran mayoría de los delitos queden impunes.

En Colombia hay más de 12 jueces por cada 100.000 habitantes, tasa que es bastante buena comparada con la mayoría de países (Inglaterra 7, Francia 9) y, no obstante, solo se consigue condenar a menos del 2% de los abusadores sexuales y a menos del 3% de los asesinos.

Es importante detenerse un momento para visualizar que de cada 100 violadores sexuales (se dan más de 40 agresiones sexuales al día) sólo condenan a 2 y los otros 98 siguen por ahí gozando de una injusta libertad, con la potencialidad de cometer nuevos delitos.

Se producen más de 12.000 homicidios al año y no más de 240 condenas por ese delito en la totalidad de juzgados y cortes penales del país (contamos con más de 1.000 jueces penales).

Por decirlo así, se necesitan cinco jueces penales para sacar una condena anual por homicidio. Y eso, sin contar con los fiscales que hay detrás.

La productividad individual de cada juez, sumando las decisiones absolutorias, es también penosa: Apenas el 20% de la productividad de los jueces de otros países, como Estados Unidos.

Como si fuera poco, la realidad muestra que la probabilidad de conseguir las pruebas suficientes y condenar al autor de un delito es aún mas baja en los casos en que el proceso no está impulsado por un abogado privado y reconocido. Luego, las víctimas con escasos recursos económicos o menores relaciones sociales, enfrentan otra barrera de acceso al sistema, que hace aún menos probable que puedan llegar a ver a sus victimarios pagando por sus actos.

Un sistema tan aterradoramente ineficiente e inequitativo no logra siquiera el cometido básico y esencial de reparar a las víctimas y mucho menos consigue generar el objetivo estratégico de producir un impacto disuasorio para potenciales delincuentes