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La ley de apoyo al emprendedor

 | El Periódico Mediterráneo
Ramón Trénor Galindo

El día 28 de septiembre se publicó en el BOE la Ley 14/2013 de “Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización que recoge como principal objetivo dinamizar la actividad empresarial en España y apoyar al emprendedor tanto en sus comienzos, como en su posterior desarrollo, crecimiento y salida en busca de mercados exteriores.

 

Paradójicamente, un mes más tarde de la publicación, el 29 de octubre, conocíamos que el informe Doing Business del Banco Mundial hacía descender cuatro puestos a España en el ranking sobre clima empresarial en el mundo hasta la posición 52, situándonos por detrás de Ruanda, Túnez o Kazajstán y descendiendo hasta el puesto 142 en el ranking de procesos para apertura de un negocio.

En la elaboración de la Ley han participado nueve ministerios, que han ayudado a definir las seis principales líneas de actuación: La creación de una “cultura del emprendimiento”, el impulso al proyecto emprendedor, la mejora del entorno normativo, una serie de incentivos fiscales, el apoyo a la expansión de los proyectos y medidas para ayudar a la internacionalización. Estos objetivos genéricos se concretan en una serie de medidas:

En el ámbito del derecho tributario, se introduce en el Impuesto de Sociedades una deducción por inversión del 10% (5% en determinados supuestos) de los beneficios antes de impuestos del ejercicio que se inviertan en elementos nuevos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas, que será aplicable desde el 1 de enero de 2013 por las empresas de reducida dimensión. También se establece la posibilidad de anticipar la aplicación de las deducciones por actividades en investigación y desarrollo e innovación tecnológica y se establece una deducción en IRPF del 20% de la inversión realizada en la suscripción de acciones en empresas de nueva o reciente creación, siendo la base máxima de deducción de 50.000 euros anuales,y, a partir del 1 de enero de 2014 entrará en vigor la posibilidad de optar por el criterio de caja en el IVA, en determinados casos.

En el área del derecho mercantil, se crea la novedosa figura del “Emprendedor de Responsabilidad Limitada”, que se configura como aquella conforme a la cual el emprendedor persona física, podrá limitar su responsabilidad por las deudas contraídas en el ejercicio de dicha actividad de modo que ésta no afecte a su vivienda habitual, de forma similar a una sociedad, aunque con excepciones. El segundo aspecto novedoso en materia mercantil de la Ley de Emprendedores es la figura de la “Sociedad Limitada de Formación Sucesiva”, que va a permitir la constitución de sociedades de responsabilidad limitada sin necesidad del desembolso completo del capital social, sujeto a determinadas condiciones. Y, finalmente, introduce toda una serie de novedades relativas a formalidades y trámites societarios y registrales, destinadas a favorecer el inicio de la actividad emprendedora.

En el área del derecho laboral, el legislador trata de fomentar el empleo por cuenta propia, mediante la aplicación de una serie de medidas en el ámbito de la seguridad social y facilitar la gestión de riesgos laborales en las PYMES.

También se incluyen novedades en el derecho concursal como son el “nuevo Acuerdo extrajudicial de pagos”, y la “segunda oportunidad” del empresario persona física que consisten, por un lado, en un nuevo proceso extrajudicial en el que a petición del empresario se designa un mediador concursal para este proceso extrajudicial, encaminado a lograr un acuerdo con los acreedores del empresario, consistente en una quita máxima del 25% y una espera, también máxima, de 3 años; y, por otro lado, la “segunda oportunidad” permitirá declarar la remisión de las deudas no pagadas en la liquidación concursal de persona física, cuando se haya pagado la totalidad de los créditos contra la masa y los privilegiados y se haya intentado antes del concurso un Acuerdo extrajudicial de pagos.

Este artículo no pretende ser más que un resumen de una norma que como todas, tiene luces y sombras pero que confío en que nos ayude a mejorar los datos expuestos al principio del mismo y facilitar, por tanto, la labor de creación de negocios.