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Horizontes en materia del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

 | Diari de Tarragona
Mónica Rendé Pérez

Tras revisar las semanas anteriores las líneas de reforma en materia de tributación indirecta, del Impuesto sobre Sociedades, del Impuesto sobre el Patrimonio y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, finalmente en este artículo abordaremos las más significativas en materia del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

 

En el informe se reconoce una muy baja capacidad recaudatoria en materia de IRPF pese a tener en España tipos nominales de los más elevados.

El objetivo que propugna la Comisión de Expertos es, por tanto, recomponer las bases del impuesto, disminuyendo los gastos fiscales, reduciendo, a su vez, las tarifas, facilitar la lucha contra el fraude fiscal y favorecer el ahorro y la neutralidad entre los distintos instrumentos en que se materializa ese ahorro neutral.

Así, se propone suprimir, entre otras, las exenciones previstas para las indemnizaciones por despido, los dividendos y participaciones en beneficios, los seguros de enfermedad, etc.

Se propone suprimir también la reducción por rentas irregulares de la base del ahorro y rebajar la reducción del 40% sobre rendimientos irregulares del trabajo al 30%, así como que se fije una reducción por rendimientos del trabajo única (e inferior a la actual) para todos los perceptores.

En relación con los inmuebles, se propone que se recupere de forma transitoria la imputación de rentas de la vivienda habitual, se revisen los valores catastrales de los inmuebles (acercándolos a valores de mercado), que no sean deducibles los gastos financieros derivados de la adquisición o mejora y que las imputaciones y rendimientos inmobiliarios se incluyan en la base imponible del ahorro pero sin reducciones.

En materia de ganancias patrimoniales, se propone la eliminación de la aplicación de los coeficientes de actualización (que corrigen la depreciación monetaria) en la transmisión de inmuebles, así como de los coeficientes de abatimiento a los activos adquiridos antes de 31 de diciembre de 1994. Adicionalmente, se propone la supresión de la diferenciación entre alteraciones a corto y largo plazo y la eliminación de la exención del 50% para ganancias por transmisión de inmuebles a título oneroso (adquiridos entre el 11 de mayo y el 31 de diciembre de 2012), si bien se propone que se permita la compensación del saldo negativo de ganancias y pérdidas con los rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario de la base imponible del ahorro.

En el marco de los planes de pensiones, se obligaría a los titulares de los mismos a recibir las prestaciones a partir de la edad de jubilación sin prórroga y se reducirían los actuales límites cuantitativos de las aportaciones a dichos planes.

En materia de deducciones, se propone eliminar la deducción por inversión en vivienda habitual, así como la deducción de obras de mejora en la vivienda.

Para compensar la supresión de los beneficios fiscales citados anteriormente, se propone reducir a cuatro los siete tramos de la escala general y bajar al menos cuatro o cinco puntos el tipo impositivo más bajo, que actualmente está en el 24,75% y que el tipo máximo no supere el 50%. El tramo más bajo de renta sería asimismo el tipo único con el que se gravaría el ahorro.

Por último, se aboga por elevar significativamente la cuantía de los mínimos personales para favorecer principalmente a las familias con hijos o ascendientes a su cargo.

Deberemos esperar para ver cuáles de estas medidas se traducen en cambios normativos concretos.