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Hasta cuánto puede subir el IVA

 | Diari de Tarragona
Daniel Valldosera

Hace casi dos meses ya anunciábamos en esta tribuna que era probable que la subida de los tipos del IVA viniera acompañada también de un cambio en la cesta de bienes y servicios sujetos a tipos reducidos.

 

Mucha ha sido la confusión al respecto a raíz de lo manifestado por el Gobierno tras el Consejo de Ministros del pasado viernes 13 y por ello se impone un esfuerzo de clarificación al respecto y una mínima valoración de que nos puede deparar el futuro.

Empecemos por aquellos que hoy tributan al 4%. El único cambio en esta cesta es la exclusión de los objetos que solo pueden utilizarse como material escolar que pasarán a tributar el tipo general del 21%. No obstante, seguirán tributando al tipo reducido los álbumes, partituras, mapas y cuadernos de dibujo. Se mantiene en esta cesta tres grandes grupos de bienes, los alimentos básicos (pan, huevos, leche, hortalizas, verduras, legumbres, quesos), los medicamentos y los libros, periódicos y revistas.

En cuanto a la adquisición de vivienda, conviene recordar que su tributación actual al tipo del 4% es una medida temporal cuya vigencia finaliza el 31 de diciembre del presente año, momento a partir del cual tributaran al tipo reducido del 10%, salvo que se trate de viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública, en cuyo caso seguirán tributando al 4%.

Mayores son los cambios en la cesta de productos y servicios hoy gravados al tipo del 8%. Así, en cuanto a los bienes, solo las flores y plantas ornamentales ven incrementado el tipo aplicable. En cambio mantienen el tipo reducido, a pesar de las noticias difundidas inicialmente, las gafas y los productos sanitarios entre los que se incluyen los productos de higiene femenina. Recordar aquí que los pañales para bebes siempre han estado gravados al tipo general a pesar de las reiteradas demandas para su sujeción al tipo reducido.

En el ámbito de los servicios, pasan a tributar al tipo general las entradas de cine, teatro, festejos taurinos, parques de atracciones y conciertos; los relativos a la práctica del deporte (ie. cuotas de gimnasio); los servicios funerarios; los servicios de peluquería y la televisión de pago.

Mantienen por el contrario el tipo reducido los servicios de hostelería, restauración, transporte de viajeros, entradas a bibliotecas y museos, servicios sociales cuando por razón de la naturaleza del prestador no estén exentos, y otros pocos no destinados mayoritariamente a los consumidores finales (i.e. limpieza de vías públicas, exposiciones y ferias de carácter comercial).

Señalado lo anterior, hay que reconocer que la subida del tipo general del 18 al 21% no puede extrañar a nadie, pues lógico es pensar que aquellos a los que solicitamos su ayuda (i.e. Alemania) nos exijan un esfuerzo fiscal semejante. En este sentido, ya indicábamos en nuestro anterior artículo que el tipo medio de la UE era el 20,54%.

También la subida en los servicios funerarios, de peluquería y televisión de pago puede ser entendida por comparación con el resto de países europeos.

En cambio, el tipo general para determinados servicios culturales como el cine y el teatro no se halla muy extendido en nuestros socios europeos, si bien tampoco cabe hablar de excepción pues el Reino Unido aplica el 20% y Dinamarca el 25%.

En sentido contrario, en nuestro país se mantiene el tipo reducido para los servicios de restauración cuando solo Francia e Italia, entre los principales países de la UE, aplican un tipo del 10% o inferior. Sin lugar a dudas, la importancia del turismo como motor económico es razón para ello.

Dicho todo lo anterior, la pregunta que podríamos formularnos es si cabe un incremento aún mayor del IVA en un futuro más o menos cercano. Ojala pudiéramos decir que no, pero si consideramos que Irlanda, Grecia y Portugal tienen un tipo general del 23% y que el mayor de los tipos reducidos en estos tres estados es el 13%, nada puede descartarse. Desafortunadamente, en materia de IVA el espejo de Europa no alumbra buenas noticias.