Publicaciones

Garrigues

ELIGE TU PAÍS / ESCOLHA O SEU PAÍS / CHOOSE YOUR COUNTRY / WYBIERZ SWÓJ KRAJ / 选择您的国家

Gestión privada en sanidad

 | El Periódico Mediterráneo


El modelo de financiación presupuestaria de la Sanidad Pública está hoy en día en crisis debido a su insostenibilidad. Recientes estudios han destacado que es imprescindible poner en marcha fórmulas de gestión privada en la Sanidad Pública con las que es factible conseguir ahorros del entorno del 25% sobre el coste total del sistema sanitario público (53.500 millones de euros).

 

Para la Generalitat Valenciana ello podría suponer una reducción del 40 % de su déficit.

Ante la contundencia de estos datos ¿puede, hoy en día, la Generalitat Valenciana rechazar ese reto?

En mi opinión, no. Por ello desde el momento en que su aplicación es, con toda probabilidad, la única alternativa real, hoy en día, a los sistemas de copago (sobre los que los expertos no acaban de ponerse de acuerdo sobre lo que puedan aportar al sistema sanitario) merece la pena realizar alguna reflexión al respecto.

En primer lugar señalaré que la colaboración público-privada (o PPP) en modo alguno pone en cuestión las bases del Estado del Bienestar. Con el debido respeto hacia quien así lo considere, aplicar técnicas de gestión privada en cualquier campo de la acción administrativa, no significa que la Administración pierda su capacidad de control, de inspección, la facultad sancionadora y sobre todo el papel de garante del cumplimiento de los derechos fundamentales en relación con ella (acceso, transparencia en la gestión, igualdad de todos los ciudadanos, participación, información etc…).

En segundo lugar, no es necesario afectar al núcleo esencial del servicio público sanitario (atención sanitaria primaria y especializada) para contemplar un enorme campo de colaboración público-privada que permitiría (i) la entrada de la iniciativa privada en la sanidad pública a través del outsourcing de servicios no estrictamente sanitarios, (tratamiento de residuos, cocinas, limpieza y lavandería) o accesorios (pruebas diagnósticas, etc..); y/o (ii) la puesta en valor de las infraestructuras sanitarias públicas mediante su venta (sale and lease back) manteniendo la Sanidad Pública la explotación de aquellas mediante contratos de arrendamiento a largo plazo, o cesión a empresarios privados del mantenimiento o explotación de las mismas a cambio de un canon. Además, el outsourcing permitiría establecer un precio público a cargo de los usuarios, a semejanza del sistema alemán, donde por ingresos hospitalarios los pacientes pagan 10 euros diarios.

En tercer lugar, la colaboración público-privada podría articularse mediante la conversión de algunos hospitales públicos en “sociedades públicas”, con autonomía funcional. La Administración participaría en su capital junto con trabajadores y/o un socio privado que aportaría financiación. Estas sociedades públicas podrían relacionarse con la Administración Sanitaria mediante la firma de convenios a través de los cuales establecer su financiación (modelo de renta capitativa, o vinculados a la evaluación de la calidad de la prestación de sus servicios, etc.,). Estructuras de este tipo, además, incorporarían elementos de competencia en el sistema sanitario público, que podrían mejorar su eficiencia.

En cuarto lugar, existe un enorme campo por explorar en lo que podríamos denominar “los itinerarios socio-sanitarios alternativos”, es decir, la posibilidad de aplicar recursos socio-sanitarios para evitar el acceso y/o la utilización de los servicios hospitalarios por parte de pacientes (crónicos, cuidados paliativos, etc…) que los utilizan ante la imposibilidad de utilizar otros recursos, incluso por razones económicas. Las posibilidades de “concierto” de los servicios de las residencias de la tercera edad para atender una parte considerable de estos pacientes, hoy día sanitarios, reportaría un ahorro considerable en el presupuesto público, pues su coste es significativamente más barato que el de una plaza en un hospital.
 
Y por último hay que recordar que en la Comunidad Valenciana hemos sido pioneros en la implantación de modelos de colaboración público privada en la gestión sanitaria (modelo Alzira, una concesión administrativa – por tanto un mecanismo que permite mantener la titularidad pública del servicio- que gestiona la cartera de prestaciones sanitarias de este centro  y percibe por ello un porcentaje inferior al 100 por 100 de la cantidad de financiación que la Administración asigna a una persona para que reciba atención sanitaria), el cual tiene hoy día más de una década puesta en marcha, que ha conseguido un grado satisfacción alto en pacientes o consumidores. Es posible que esos más de 10 años de puesta en práctica determinen la necesidad de incorporar ajustes en el modelo Alzira, pero no cabe la menor duda de que es un buen punto de partida para su análisis, junto con otros modelos exitosos que se aplican en nuestro país (v.gr. el “modelo MUFACE”, también basado en el sistema de financiación capitativa, en el que los afiliados pueden elegir entre acudir a un proveedor privado de sanidad o al sistema público).

En definitiva, todas estas fórmulas u otras similares (fundaciones, conciertos con hospitales privados, etc…), pueden materializarse a través de técnicas contractuales de Derecho Público que permiten mantener la titularidad pública de los servicios a prestar y establecer fórmulas que permitan a la iniciativa privada participar en la gestión de la sanidad pública, aplicando su experiencia y produciendo a la Administración ahorros relevantes en el gasto sanitario.

En todo caso, como sostiene Dan Ariely, (Massachusetts Institute of Technology) el poder de algunas palabras es tan impresionante que son capaces de trastocar nuestros hábitos de consumo y decidir la elección de un determinado producto. Es el caso de la palabra “gratis”, que, según Ariely, es demoledora, puesto que nos hace renunciar a una opción mejor y desechar la que queríamos, sólo porque la que elegimos ¡es gratis!

Mi conclusión final por tanto es que en la sanidad pública hay que empezar a considerar que el “gratis” es un concepto con fecha de caducidad. La Administración tiene que apurar todas las posibilidades para optimizar los limitados recursos públicos de que dispone. Sin ese esfuerzo carecerá de legitimación para exigir a los ciudadanos el esfuerzo que represente el satisfacer importes por prestaciones que hoy son gratis. Al margen de ese esfuerzo tendremos que establecer límites a las prestaciones gratuitas. El derecho a la salud es un derecho de todos y cada uno de los ciudadanos y la sociedad en su conjunto tiene el deber de poner los medios para garantizarlo. Otras cosas que lo rodean, hoy en día, depende.