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El Tribunal Constitucional avala los nuevos módulos de indemnización por despido improcedente y la supresión de salarios de tramitación aprobados por la reforma laboral de 2012

El Tribunal Constitucional (TC) ha resuelto la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid, en relación con el Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

El Auto dictado por el TC (aprobado por 7 votos a favor y 4 votos particulares) avala el uso por el Gobierno del decreto-ley para llevar a cabo la reforma laboral, al haber cumplido con los requisitos que la ley exige para legislar por decreto-ley, centrando su análisis en dos cuestiones:

  • Respecto a los módulos de indemnización por despido improcedente de los contratos formalizados antes y después de la entrada en vigor de la reforma laboral, se establece que el criterio dual de cálculo no provoca discriminación alguna ya que la reforma no prevé diferencias entre los trabajadores comprendidos en el supuesto regulado.
  • En cuanto a los salarios de tramitación, el TC avala la supresión de los mismos en caso de que ante un despido improcedente, la empresa opte por la extinción de su contrato de trabajo (y no por la readmisión).