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El nuevo convenio colectivo de la industria química introduce novedades en más de 30 artículos

España - 

Alerta Laboral 17 - 2018

El nuevo convenio colectivo general de la industria química, acordado entre patronal y sindicatos del sector, establece incrementos salariales del 2,5% para cada uno de sus años de vigencia (2018-2010) y obliga a las empresas con más de 150 trabajadores a elaborar un plan de igualdad. Estas y otras medidas del nuevo convenio serán analizadas en profundidad en una jornada de trabajo organizada por Garrigues, en su sede de Madrid, el próximo 14 de septiembre.

En su ya largo recorrido de 40 años, se ha firmado el nuevo Convenio Colectivo General de la Industria Química para el período 2018-2020. El nuevo convenio colectivo ha introducido varias novedades, reformando más de 30 artículos, que, sin duda, serán una referencia inmediata no solo en el sector sino también para otros convenios colectivos.

El nuevo convenio colectivo establece unos incrementos del 2,5% para cada uno de sus años de vigencia (2018-2020), con una cláusula de revisión salarial referenciada al IPC real acumulado de todo el período, con efectos en las tablas de 2021 y con un porcentaje de reserva, para cada año, del 0,5%. Tal porcentaje de reserva cobra, sin duda, especial importancia no solo para las nuevas antigüedades y el plus convenio, sino para el cierre de abanicos salariales que, como consecuencia de las medidas de igualdad, resulte necesario hacer.

También se ha introducido la obligación para las empresas con más de 150 trabajadores de elaborar un plan de igualdad (si la empresa tiene entre 150 y 250 trabajadores, el plazo previsto para ello es el de la vigencia del convenio, esto es, hasta el 31 de diciembre de 2020) y se ha creado la figura del Delegado/a de igualdad para todas las empresas incluidas, por tanto, las de menos de 150 trabajadores, cuyas funciones se encuentran sin determinar. En la misma línea, se ha incorporado la obligación de entregar a los representantes de los trabajadores la masa salarial bruta desglosada por género y la necesidad de tener en cuenta la perspectiva de género en la prevención de riesgos laborales.

Por último, se ha establecido un nuevo plus festivo por trabajar domingos y festivos; se ha modificado el régimen de flexibilidad horaria; se han introducido diversas modificaciones en el capítulo de formación, con la posibilidad, entre otras medidas, de que el permiso retribuido previsto en el artículo 23 del ET pueda acumularse por períodos de hasta 5 años; se han realizado otras modificaciones en el régimen de licencias y permisos, etc.

El convenio se encuentra pendiente de publicación en el Boletín Oficial del Estado, estando prevista la misma a lo largo del próximo mes de agosto.

De todas estas cuestiones y del resto no citadas, tendremos oportunidad de profundizar en la jornada de trabajo que se desarrollará el próximo 14 de septiembre en nuestro despacho y sobre la que informaremos puntualmente.