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Contratación temporal y derecho de la UE: ¿rectificación a la vista?

España - 

Newsletter Laboral - Enero 2018

La abogada general de la UE ha planteado en una de las nuevas cuestiones prejudiciales actualmente en el TJUE una reconsideración de la denominada doctrina De Diego Porras respecto a la indemnización de contratos temporales. Sus conclusiones hacen presagiar al menos una matización de la doctrina laboral comunitaria y, a su vez, de la española. 

Tres son las grandes cuestiones que aborda la abogada general: la primera, si la expresión “condiciones de trabajo” a la que se refiere la cláusula cuarta del Anexo de la Directiva 1999/70 y respecto de las que se prohíbe un tratamiento menos favorable de los trabajadores temporales en relación con los fijos comparables incluye las indemnizaciones debidas por la extinción del contrato de trabajo. 

La segunda, si el principio de no discriminación, en lo que se refiere a las condiciones de extinción de los contratos de trabajo, impone un tratamiento uniforme de las diversas modalidades de contratos temporales. 

Y tercera, si la situación de los trabajadores temporales y la de los fijos son “comparables” a efectos de las citadas indemniza-ciones de extinción del contrato. Aunque lo más probable es que el Tribunal avale la conclusión de la abogada general, la batalla no se debe dar por cerrada.

ÍNDICE:

Noticias:

  • Contratación temporal y derecho de la UE: ¿rectificación a la vista?
  • El cuestionamiento del convenio colectivo de empresa en la nueva ley de contratos del sector público

Flashes de actualidad:

  • Propuesta para que se pueda elegir toda la vida laboral para el cálculo de la pensión
  • Medidas para la igualdad salarial en Europa
  • Busque su convenio colectivo a través del Mapa de la Negociación Colectiva
  • En marcha el Libro Blanco sobre el futuro del trabajo

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