Publicaciones

Garrigues

ELIGE TU PAÍS / ESCOLHA O SEU PAÍS / CHOOSE YOUR COUNTRY / WYBIERZ SWÓJ KRAJ / 选择您的国家

Comentario Telecomunicaciones & Media 3-2014

Comentarios a la Sentencia del TJUE (C-131/12).

Mario Costeja v Google

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (el “TJUE”), en su sentencia de 13 de mayo de 2014, resuelve la cuestión prejudicial (asunto C-131/12) que le remitió la Audiencia Nacional española, en relación con el llamado “derecho al olvido” y otras cuestiones relativas a la actividad de los motores de búsqueda.

El recurso objeto de la sentencia del TJUE se basaba en una reclamación formulada por un ciudadano español frente a un periódico nacional (La Vanguardia), Google Spain y Google Inc. El demandante alegaba que cuando un internauta introducía su nombre en el motor de búsqueda de Google obtenía como resultado unos enlaces a dos páginas del mencionado diario de fecha 1998, en las que se anunciaba una subasta de inmuebles por un embargo relativo a unas cantidades que el denunciante adeudaba a la Seguridad Social española.

En el marco del procedimiento de tutela de derechos instado por el denunciante ante la Agencia Española de Protección de Datos (la “AEPD”) este organismo desestimó la reclamación contra La Vanguardia, considerando que el editor había publicado legalmente la información. No obstante, el mencionado organismo estimó la reclamación frente a Google Spain y Google Inc, exigiendo que estas entidades tomasen las medidas necesarias para retirar los datos del índice del buscador e imposibilitaran el acceso a los mismos en el futuro. Google Spain y Google Inc. recurrieron la citada resolución ante la Audiencia Nacional, solicitando su anulación.