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Boletín Fiscal Marzo 2013

Son ya varias las Sentencias de la Audiencia Nacional sobre el fraude de Ley en la adquisición apalancada por entidades residentes en España de participaciones en empresas de su mismo grupo. En muchos de estos casos, la Inspección está entendiendo que esas operaciones se realizaron en fraude de Ley, ya que, según la Inspección, tienen como único objetivo la reducción de los impuestos en España, mediante la generación artificial de gastos financieros en España, sin que estén basadas en motivos económicos válidos.

Como ya hemos comentado en otros Boletines, la Audiencia Nacional ha venido estimando las alegaciones de las compañías afectadas, por entender que las operaciones realizadas supuestamente en fraude de Ley no se podían revisar por cuanto que los ejercicios en que se realizaron dichas operaciones habían prescrito o habían sido ya inspeccionados, sin que se hubieran cuestionado esas operaciones anteriormente.

Recientemente, sin embargo, se han emitido dos nuevas sentencias, de 7 y 21 de febrero, en las que la Audiencia Nacional entra ya en el fondo del asunto analizando si las operaciones se han realizado o no en fraude de Ley. El Tribunal es tajante y confirma casi paso por paso las que parecían las conclusiones de la Inspección y el Tribunal Económico-Administrativo, confirmando que estamos ante operaciones en fraude de Ley porque, analizadas en su conjunto (lo que en una de las sentencias se denomina “enfoque holístico”), no presentan una motivación distinta de la meramente fiscal, consistente en la reducción de la tributación en España mediante operaciones realmente no queridas por el sujeto pasivo y artificialmente complejas.

Destaca la importancia que se da al test de los motivos económicos válidos (se trate o no de las operaciones de reestructuración empresarial contempladas en el Capítulo VIII del Título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades), lo que evidencia la relevancia, una vez más, de la prueba, cuya carga para estas cuestiones se hace recaer en el sujeto pasivo. Es de recordar, además, que es muy conveniente desarrollar la prueba fundamentalmente en el procedimiento de inspección para evitar las complicaciones que supone analizarlas adecuadamente a lo largo del procedimiento posterior.

ÍNDICE

SENTENCIAS

1.1 Impuesto sobre Sociedades.- La salida del grupo fiscal de una entidad que generó BIN compensadas por el grupo no permite incorporar la provisión por deterioro previamente eliminada. La renuncia al crédito generado por esas BIN genera en el Grupo un ingreso computable (Tribunal Supremo. Sentencia de 8 de febrero de 2013)

1.2 Impuesto sobre Sociedades.- Deducibilidad de las pérdidas de una filial por la matriz con ocasión de una fusión transfronteriza (Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Sentencia de 21 de febrero de 2013 en el Asunto C-123/11)

1.3 Impuesto sobre Sociedades.- La correcta contabilización de los activos en los que se materializa la reinversión no es requisito imprescindible para la aplicación de la deducción (Audiencia Nacional. Sentencia de 24 de enero de 2013)

1.4 Impuesto sobre Sociedades.- Los gastos facturados por entidades vinculadas deben justificarse especialmente (Audiencia Nacional. Sentencia de 31 de octubre de 2012)

1.5 Impuesto sobre Sociedades.- La provisión por deterioro de una participación en una sociedad argentina debe calcularse a partir de los balances ordinarios -no los “reexpresados” en función de la inflación- (Audiencia Nacional. Sentencia de 25 de octubre de 2012)

1.6 Impuesto sobre el Patrimonio.- El balance a tener en cuenta en la valoración de acciones no cotizadas puede ser el aprobado a la fecha de presentación del impuesto si refleja mejor la valoración de la participación (Tribunal Supremo. Sentencia de 12 de febrero de 2013)

1.7 ITP y AJD.- Una adjudicación en pago de una deuda a los socios en el momento de la disolución de la sociedad, determina dos hechos imponibles independientes (Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares. Sentencia de 30 de octubre de 2012)

1.8 IVA.- No se puede deducir por una empresa el IVA soportado por los servicios prestados por un abogado en un proceso penal al margen de la actividad de la empresa sujeta a tributación (Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Sentencia de 21 de febrero de 2013 en el Asunto C-104/12)

1.9 Procedimiento de Inspección.- La Inspección no está obligada a incoar actas en conformidad y en disconformidad ante cuestiones aceptadas y no aceptadas por el sujeto (Tribunal Supremo. Sentencia de 8 de febrero de 2013)

1.10 Procedimiento de Inspección.- El concepto de “motivos económicos válidos” ha de analizarse para determinar cuándo se está ante un supuesto de lícita economía de opción o, por el contrario, ante un fraude de Ley u otros supuestos que no merecen ser protegidos a efectos tributarios (Audiencia Nacional. Sentencias de 7 y 21 de febrero de 2013)

1.11 Procedimiento administrativo.- El desistimiento presunto no puede quedar en manos de quien no es parte en el proceso (Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Sentencia de 22 de octubre de 2012)

2. RESOLUCIONES Y CONSULTAS

2.1 Impuesto sobre Sociedades.- La Administración puede revisar la procedencia de deducciones acreditadas en ejercicios prescritos (Tribunal Económico Administrativo Central. Resolución de 31 de enero de 2013)

2.2 Impuesto sobre Sociedades e IRPF.– Implicaciones fiscales en el caso de concurrencia de la condición de alto directivo y administrador (Dirección General de Tributos. Consultas V2311-12, de 5 de diciembre de 2012; V2394-12, de 12 de diciembre de 2012; y V0200-13, de 24 de enero de 2013)

2.3 Impuesto sobre el Valor Añadido.– No puede deducirse el IVA justificado solo en escritura pública o sentencia judicial (Dirección General de Tributos. Consulta V0203-13, de 25 de enero de 2013)

2.4 Impuesto sobre el Valor Añadido.- El devengo de las transmisiones que tengan lugar en una operación de restructuración se produce a la fecha de presentación del asiento a inscripción (Tribunal Económico Administrativo Central. Resolución de 24 de enero de 2012)

2.5 Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.– El plazo para solicitar la devolución del impuesto liquidado provisionalmente cuando no se realice la obra se computa desde que caduca la licencia de obras (Dirección General de Tributos. Consulta V0169-13, de 22 de enero de 2013)

3. NORMATIVA

3.1 Plan Anual de Control Tributario

3.2 Tasas judiciales

3.3 Medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo

3.4 Devolución parcial del Impuesto por consumo de gasóleo profesional

3.5 Registro de Representantes Aduaneros

3.6 Valor de negociación medio correspondiente al cuarto trimestre de 2012 de valores negociados en mercados organizados a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio

4. OTROS

4.1 Convenio hispano-argentino para evitar la doble imposición

4.2 Modelo 720 de declaración de bienes y derechos en el exterior: contribuyentes con residencia habitual en el extranjero (miembros de misiones diplomáticas, oficinas consulares, etc.)