Publicaciones

Garrigues

ELIGE TU PAÍS / ESCOLHA O SEU PAÍS / CHOOSE YOUR COUNTRY / WYBIERZ SWÓJ KRAJ / 选择您的国家

Boletín Fiscal Enero 2013

Hasta la fecha, la eliminación de la doble imposición internacional soportada por empresas españolas invirtiendo en Estados Unidos o por empresas estadounidenses invirtiendo en España se ha regido por el texto del Convenio entre el Reino de España y los Estados Unidos de América de 1990.

La realidad económica existente tanto en España como en Estados Unidos y las relaciones empresariales entre ambos países ha cambiado mucho desde entonces, y el contenido del Convenio ya no era el adecuado. Por este motivo, las Administraciones tributarias española y estadounidense iniciaron conversaciones para su modificación en julio de 2010 y, tras varias rondas de negociaciones, culminaron el 25 de mayo de 2012 con la rúbrica de un Protocolo modificativo.

Ahora, el 14 de enero de 2012 se ha firmado ese Protocolo, que tiene como principales novedades la eliminación de la tributación en la fuente de los intereses, cánones y plusvalías por venta de acciones de sociedades no inmobiliarias, así como de los dividendos pagados a sociedades residentes fiscales en el otro Estado Contratante, siempre y cuando hayan poseído al menos el 80% de los derechos de voto durante el periodo de doce meses previo a la distribución del dividendo.

Se incluye también (i) una nueva cláusula de “limitación de beneficios” cuyo objetivo es evitar que los beneficios del Convenio se apliquen indirectamente a sujetos no residentes fiscales en los Estados Contratantes; (ii) mejoras técnicas en los conceptos de establecimiento permanente e intercambio de información; así como (iii) una cláusula de arbitraje para resolver los posibles problemas que puedan surgir entre las autoridades tributarias española y estadounidense al interpretar el Convenio.

Una vez entre en vigor, previsto para los tres meses desde que se produzca el intercambio de instrumentos de ratificación, el Convenio con Estados Unidos habrá experimentado una sustancial mejora técnica que, por un lado, debería evitar la recurrente litigiosidad en aspectos como la tributación de los cánones y, por otro, facilitará efectivamente la inversión directa de las empresas de cada país en el otro Estado.

ÍNDICE

1. SENTENCIAS

1.1 Impuesto sobre Sociedades.- Deducibilidad de los gastos por servicios prestados por una filial a su matriz (Tribunal Supremo. Sentencia de 3 de diciembre de 2012)

1.2 IVA.- Cuotas soportadas en la adquisición de un edificio que posteriormente es demolido (Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Sentencia de 29 de noviembre de 2012, asunto C-257/11)

1.3 Impuesto sobre Grandes Establecimientos Comerciales de Navarra.- Compatibilidad con el Impuesto sobre Actividades Económicas (Tribunal Constitucional. Sentencia de 14 de noviembre de 2012)

1.4 Impuesto sobre Depósitos de las Entidades de Crédito de Extremadura.- Compatibilidad con el Impuesto sobre Actividades Económicas y con el IVA (Tribunal Constitucional. Sentencia de 14 de noviembre de 2012)

1.5 ITP y AJD.- La exención en el AJD prevista para la subrogación y novación de préstamos hipotecarios no es de aplicación para la de créditos hipotecarios (Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Sentencia de 26 de septiembre de 2012)

1.6 Impuestos especiales.- Para la aplicación de la exención en el Impuesto sobre Hidrocarburos de la fabricación de productos que se destinen a la producción de electricidad es preciso que se cumplan los requisitos formales (Audiencia Nacional. Sentencia de 24 de septiembre de 2012)

1.7 Procedimiento contencioso-administrativo.- Procede la suspensión de la ejecución de la deuda sin necesidad de prestar caución. (Tribunal Supremo. Sentencia de 15 de enero de 2013)

1.8 Procedimiento de Inspección.- Carece de fuerza probatoria un documento privado aportado al TEAC y no a la Inspección (Audiencia Nacional. Sentencia de 24 de octubre de 2012)

1.9 Procedimiento Sancionador.- Las presunciones legales no justifican por sí la imposición de sanciones (Audiencia Nacional. Sentencia de 13 de diciembre de 2012)

1.10 Procedimiento de ejecución.- Posibilidad de dictar nuevas liquidaciones tras la estimación de un recurso judicial (Tribunal Supremo. Sentencia de 19 de noviembre de 2012; Tribunal Superior de Justicia de Valencia. Sentencia de 17 de julio de 2012)

2. RESOLUCIONES Y CONSULTAS

2.1 Impuesto sobre Sociedades.– Domiciliación en España de entidades constituidas en el extranjero (Dirección General de Tributos. Consulta V2211-12, de 16 de noviembre de 2012)

2.2 Impuesto sobre Sociedades.– Las reducciones para compensar pérdidas no se computarán a efectos del cálculo de las bases imponibles negativas en las que se subroga la sociedad absorbente (Dirección General de Tributos. Consulta V2163-12, de 8 de noviembre de 2012)

2.3 Impuesto sobre Sociedades.– La exención para la rentas derivadas de la transmisión de inmuebles adquiridos con anterioridad a 31 de diciembre de 2012 es de aplicación a los activos adquiridos en arrendamiento financiero (Dirección General de Tributos. Consulta V2129-12, de 7 de noviembre de 2012)

2.4 Impuesto sobre Sociedades.- Deducción por inversiones en energías renovables. Cambio de criterio (Dirección General de Tributos. Consulta V2112-12, de 5 de noviembre de 2012)

2.5 Impuesto sobre Sociedades.– Algunas aclaraciones sobre la deducibilidad del deterioro de participaciones (Dirección General de Tributos. Consulta V2100-12, de 2 de noviembre de 2012)

2.6 IVA.- Naturaleza indemnizatoria de los pagos derivados de la ejecución de determinadas garantías (Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 15 de noviembre de 2012)

2.7 Procedimientos de comprobación.- Alcance de los procedimientos de comprobación limitada (Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 29 de noviembre de 2012)

2.8 Procedimiento Sancionador.- Procede la reducción del 25% por el ingreso en plazo cuando se solicite el aplazamiento o fraccionamiento y, por razón de la cuantía, no haya que aportar aval (Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 29 de noviembre de 2012)

2.9 Procedimiento de recaudación.- Es nulo el apremio notificado por edictos si no se dejó aviso en el buzón informando de la posibilidad de recoger la notificación en la Oficina de Correos (Tribunal Económico-Administrativo Central. Resolución de 6 de noviembre de 2012)

3. LEGISLACIÓN

3.1 Convenio de Doble Imposición entre España y Estados Unidos

3.2 Modificación del Reglamento de los Impuestos Especiales

3.3 Información sobre bienes y derechos situados en el extranjero

3.4 Delitos contra la Hacienda Pública

3.5 Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2013 y de la Ley de Medidas Tributarias

3.6 Ley de medidas fiscales para la sostenibilidad energética

3.7 Declaración Tributaria Especial (DTE)

3.8 Precios medios de venta para 2013 de determinados medios de transporte a efectos de la comprobación de valores

3.9 Modelos 390, 198 y 184. Presentación de declaraciones informativas

3.10 Tasa judicial: modelos 696 y 695