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Boletin Fiscal Enero 2012

Comentamos diversas consultas y sentencias recientes en las que se analizan varios aspectos relacionados con el objeto de fiscalización de los activos transmitidos o aquellos que se reinvierte.

Los beneficios fiscales vinculados a la reinversión de beneficios extraordinarios (actualmente la deducción por reinversión y hace unos años la exención y, posteriormente, el diferimiento por reinversión) son habitualmente sometidos a escrutinio por parte de la Administración Tributaria, debido a la reducción de la tributación efectiva que su aplicación supone. En la actualidad, la tributación efectiva de las plusvalías, cuando se realiza la oportuna reinversión, se reduce, de hecho, a un 18%, en aquellos casos en que el tipo de gravamen es el general del 30%.

En este sentido, son objeto de fiscalización cuestiones acerca de los activos transmitidos o aquellos en los que se reinvierte. En particular, se revisa el cumplimiento de los requisitos exigibles, como pueden ser la afectación de los bienes a la actividad, o su naturaleza de inmovilizado, o si se cumplen los porcentajes mínimos de participación en caso de transmisión o reinversión en valores. También se comprueba que se respetan los plazos de reinversión, que está bien calculada la renta sobre la que se quiere aplicar la deducción y cualquier otro aspecto que afecte a esta deducción.

En este Boletín comentamos diversas consultas y sentencias recientes en las que se analizan varios de estos aspectos. Así, se comentan tres recientes sentencias de la Audiencia Nacional, todas de 1 de diciembre de 2011, en las que se manifiestan los siguientes criterios:

  • La transmisión de opciones sobre acciones no es susceptible de acogerse a la deducción, por cuanto no implica la transmisión de participaciones en el capital social sino de opciones sobre los activos que otorgan dichas participaciones (y los derechos políticos y económicos inherentes a ellas).
  • La transmisión de bienes que, antes de la operación, modifican su clasificación contable, pasando de inmovilizado a activos disponibles para la venta, no impide la aplicación de la deducción en la medida en que hasta dicha reclasificación los activos hubieran estado afectos a la actividad como inmovilizado.
  • No puede aplicarse la deducción en caso de transmisión de activos adquiridos inicialmente para su arrendamiento, si la actividad de arrendamiento no se ha llegado a iniciar (aunque la intención hubiera sido desarrollarla). En este sentido, la Audiencia Nacional subraya que lo importante es la realidad de la afectación y no la intención de que dicha afectación hubiera tenido lugar.
     
    Comentamos también la consulta V2802-11, de 25 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Tributos, en la que se analiza el cálculo de la base de la deducción y del importe a reinvertir en caso de transmisiones con pago aplazado. Basado en las normas contables, se considera en estos casos que el precio acordado tiene un componente principal (el valor actual del precio pactado) y uno financiero (los intereses implícitos por el diferimiento del pago), siendo el componente principal el susceptible de reinversión y el que deberá servir para calcular la renta sobre la que calcular la deducción.

ÍNDICE 

  • 1. SENTENCIAS 
    1.1 Impuesto sobre Sociedades.- No se pueden corregir las cantidades deducidas incorrectamente en ejercicios ya prescritos ni tampoco sancionar su aprovechamiento en ejercicios no prescritos (Tribunal Supremo. Sentencias de 12 y 19 de diciembre de 2011, entre otras).
    1.2 Impuesto sobre Sociedades.- Subcapitalización, endeudamiento indirecto y simulación (Audiencia Nacional. Sentencia de 7 de diciembre de 2011).
    1.3 Impuesto sobre Sociedades.- La renta por la transmisión de una opción de compra sobre acciones no es susceptible de beneficiarse del diferimiento por reinversión (Audiencia Nacional. Sentencia de 1 de diciembre de 2011).
    1.4 Impuesto sobre Sociedades.- La deducción por reinversión requiere que los bienes transmitidos puedan clasificarse como inmovilizado (Audiencia Nacional. Dos sentencias de 1 de diciembre de 2011).
    1.5 Impuesto sobre Sociedades.- En el caso de inversiones de capital es aplicable la DAEX si existe una relación directa entre la inversión y la actividad exportadora (Tribunal Supremo. Sentencias de 22 de septiembre de 2011 y 24 de noviembre de 2011).
    1.6 IRPF.- Opciones sobre acciones: Es ilegal la exigencia reglamentaria de que no puedan concederse anualmente para disfrutar del tratamiento como irregular (Tribunal Supremo. Sentencia de 16 de noviembre de 2011).
    1.7 Impuesto sobre el Valor Añadido.- Es contrario al principio de proporcionalidad un sistema de responsabilidad solidaria objetiva, que transmita la responsabilidad sin existir culpa o negligencia en su conducta (Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Sentencia de 21 de diciembre de 2011 en el Asunto C-499/10).
    1.8 ICIO.- En las instalaciones fotovoltaicas la base imponible es el coste de todos los elementos que se incorporan a la instalación (Tribunal Supremo. Sentencia de 23 de noviembre de 2011. BOE de 20 de diciembre de 2011).
    1.9 ICIO.- La Ley autonómica que regula una exención relativa a un impuesto local vulnera el principio de reserva de Ley (Tribunal Constitucional. Sentencia de 23 de noviembre de 2011). 
    1.10 Procedimiento de revisión.- La comunicación extemporánea de la interposición del recurso contencioso con solicitud de mantenimiento de la suspensión no es motivo suficiente para ejecutar la resolución administrativa (Audiencia Nacional. Sentencia de 27 de octubre de 2011).
    1.11 Procedimiento contencioso-administrativo.-  La Administración debe analizar y refutar en las comprobaciones administrativas los dictámenes periciales aportados por el contribuyente (Audiencia Nacional. Sentencia de 30 de mayo de 2011).
    1.12 Procedimiento recaudatorio.- Embargo de bienes que fueron gananciales en el momento de devengarse la deuda tributaria (Audiencia Nacional. Sentencia de 10 de octubre de 2011).
    1.13 Procedimientos de gestión-Comprobación de valores. (Sentencias del Tribunal Supremo de 12 de diciembre de 2011 y 7  de diciembre de 2011).

 

  • 2. RESOLUCIONES Y CONSULTAS 
    2.1 Impuesto sobre Sociedades.- Deducción por reinversión en plusvalías generadas en operaciones con pagos aplazados (Dirección General de Tributos. Consulta V2802-11, de 25 de noviembre de 2011).
    2.2 Impuesto sobre Sociedades.- Reincorporación de una sociedad dependiente al grupo fiscal por la recuperación de su situación patrimonial (Dirección General de Tributos. Consulta V2657-11, de 7 de noviembre de 2011).
    2.3 Impuesto sobre Sociedades.- La cesión del uso de unos intangibles a la sociedad que los creó no da derecho a la reducción de los ingresos prevista en el artículo 23 (Dirección General de Tributos. Consulta V2644-11, de 7 de noviembre de 2011).
    2.4 Impuesto sobre Sociedades.- La pérdida por deterioro de créditos por la insolvencia de entidades vinculadas en situación concursal no será deducible hasta la apertura judicial de la fase de liquidación (Dirección General de Tributos. Consulta V2643-11, de 7 de noviembre de 2011).
    2.5 Impuesto sobre Sociedades.- Régimen especial de neutralidad: aportación de rama de actividad de arrendamiento inmobiliario por una persona física (Dirección General de Tributos. Consulta V2619-11, de 3 de noviembre de 2011).
    2.6 IRPF.- Dietas por desplazamiento: cómputo del plazo de nueve meses (Dirección General de Tributos. Consulta V2608-11, de 2 de noviembre de 2011).
    2.7 Impuesto sobre el Valor Añadido.- En operaciones vinculadas realizadas antes del 9 de diciembre de 2006 La base imponible del IVA es la contraprestación pactada (TEAC. Resolución de 25 de noviembre de 2011). 
    2.8 ITP y AJD.- Los inmuebles en arrendamiento financiero no computan como inmuebles para el articulo 108 de la LMV sino hasta que se ejercite la opción de compra (Dirección General de Tributos. Consulta V2735-11, de 17 de noviembre de 2011).
    2.9 Procedimiento recaudatorio.- Cuando una declaración complementaria arroje un resultado a devolver inferior al que se había solicitado en la primera declaración no procede la exigencia de recargos por presentación extemporánea sino intereses de demora (TEAC. Resolución de 28 de noviembre de 2011).

 

  • 3. NORMATIVA 
    3.1 Convenio entre España y Singapur para evitar la doble imposición.
    3.2 Breve resumen de las medidas introducidas por el Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre de 2011).
    3.3 Notificaciones electrónicas: “días de cortesía”.
    3.4 Tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil y contencioso-administrativo: nuevo modelo 696.
    3.5 Precios medios de venta para el ejercicio 2012 de determinados medios de transporte, a efectos de la comprobación de valores.
    3.6 Embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de crédito.

 

  • 4. OTROS 
    4.1 Nueva Directiva sobre sociedades matrices y filiales de Estados miembros diferentes.
    4.2 Plan de lucha contra el fraude fiscal.
    4.3 Desgravación transfronteriza en el ámbito del Impuesto de Sucesiones en la Unión Europea.